Modelo 175 y la reforma DAC8: así cambian las informativas de criptoactivos
Especialistas en fiscalidad de criptoactivos en España
El 10 de marzo de 2026 el Ministerio de Hacienda sometió a audiencia pública un proyecto de orden ministerial que reordena por completo las declaraciones informativas sobre criptoactivos. No es un retoque técnico: crea dos modelos nuevos, deroga uno, amplía otros dos y cambia el propio objeto de la información, que pasa de las "monedas virtuales" a los "criptoactivos".
Conviene entenderlo ahora, porque el primer ejercicio afectado es 2026 —el que estás generando en este momento— y la información se presentará en enero de 2027, antes de que abra la campaña de la Renta.
Los modelos están en tramitación. Las cifras y plazos de este artículo proceden del proyecto de orden y del Plan Anual de Control Tributario de 2026; el texto definitivo puede introducir ajustes.
El mapa nuevo, modelo a modelo
| Modelo | Situación | Qué informa | Quién lo presenta | Plazo |
|---|---|---|---|---|
| 042 | Nuevo | Alta, modificación y baja en el registro de operadores de criptoactivos | Proveedores obligados a comunicar información | Antes del primer modelo 175 |
| 172 | Modificado | Saldos en criptoactivos | Proveedores de servicios en España | Enero del año siguiente |
| 175 | Nuevo, sustituye al 173 | Usuarios y operaciones con criptoactivos comunicables | Proveedores obligados bajo DAC8 | Enero del año siguiente |
| 721 | Modificado | Criptoactivos situados en el extranjero | El contribuyente | 1 de enero a 31 de marzo |
| 289 | Modificado | Se adapta al dinero electrónico y a las monedas digitales de bancos centrales | Entidades financieras | Anual |
Los cinco apuntan al mismo ejercicio de estreno: 2026, con presentación en 2027.
Qué significa cada cambio
El 173 desaparece y entra el 175. El Modelo 173 informaba de operaciones con monedas virtuales realizadas a través de plataformas españolas. El 175 hereda esa función, pero con el estándar de la DAC8 detrás: identificación del usuario, residencia fiscal, número de identificación y detalle de operaciones comunicables. No es el mismo formulario con otro número; es un formato de intercambio europeo.
El 042 crea un censo. Es una declaración censal para inscribir a los proveedores de servicios de criptoactivos que quedan fuera del paraguas de autorización de MiCA pero sí están obligados a comunicar información. Traducido: se cierra la vía de operar reportando a nadie por no encajar en el registro de la CNMV.
El 172 y el 721 amplían su objeto. Hasta ahora se referían a "monedas virtuales". Pasan a hablar de criptoactivos, un concepto más amplio que arrastra tokens, productos y derechos que antes quedaban en zona gris. Si tienes posiciones que no eran exactamente "monedas", revisa si a partir de 2026 computan para el umbral de 50.000 € del Modelo 721.
El 289 se adapta al dinero electrónico. Es la informativa de cuentas financieras del CRS. Su extensión al dinero electrónico y a las futuras monedas digitales de bancos centrales cierra el hueco entre "cuenta bancaria" y "monedero de plataforma".
Lo que esto cambia para ti
Que no te presenten nada a ti directamente no significa que no te afecte. Tres consecuencias prácticas:
1. Tu declaración se contrastará con datos, no con estimaciones. Cuando presentes la Renta de 2026, la AEAT ya tendrá tus operaciones comunicadas en enero de 2027. El patrón que genera requerimientos —constar como operador activo y no declarar ninguna ganancia— será detectable de forma automática y masiva.
2. La distinción entre exchange español y extranjero pierde efecto. Un proveedor con clientes residentes en España reporta, esté donde esté establecido, y esa información circula entre administraciones de la UE. Lo que sigue cambiando es tu obligación formal: el 721 solo alcanza a lo custodiado en el extranjero.
3. Los datos comunicados no son tu resultado fiscal. Un volumen de operaciones o un saldo a 31 de diciembre no es una ganancia. Las transferencias entre tus propios monederos, los movimientos internos o las permutas mal etiquetadas pueden inflar la foto. Lo que resuelve una comprobación es tu propio cálculo, operación a operación, con FIFO aplicado sobre el conjunto de tus posiciones.
Calendario realista
- Durante 2026: se genera la información. Todo lo que operes este año es lo que se reportará.
- Enero de 2027: los proveedores presentan el 172 y el 175 del ejercicio 2026.
- 1 de enero a 31 de marzo de 2027: presentas tú el Modelo 721 de 2026, si superas el umbral.
- Abril a junio de 2027: campaña de la Renta de 2026, ya con datos cruzados.
Qué hacer ahora
- Descarga tu histórico completo de cada plataforma donde operes, sin esperar a que cierre el ejercicio. Las plataformas cambian de formato, restringen la profundidad del histórico o directamente dejan de operar en Europa —como ha ocurrido con algunos exchanges tras MiCA.
- Etiqueta bien las transferencias internas, o acabarás declarando ganancias inexistentes.
- Revisa si tus posiciones no monetarias —tokens, productos estructurados, derechos— entran en el concepto ampliado de criptoactivo.
- Comprueba el umbral de 50.000 € a 31 de diciembre y el mínimo exento del Impuesto sobre el Patrimonio de tu comunidad autónoma.
- Regulariza los ejercicios anteriores que tengas pendientes mientras el coste sea un recargo por declaración extemporánea y no una sanción.
CriptoHacienda importa tu histórico de Binance, Kraken, Coinbase, Bit2Me, Bitvavo y KuCoin, reconstruye tu cartera real y calcula el resultado de cada ejercicio con el detalle que exige una comprobación.
¿Listo para calcular tus impuestos crypto?
CriptoHacienda calcula tu IRPF y Modelo 721 automáticamente. Gratis.
Empezar gratis →