Declaración e IRPF

Casillas de la Renta para criptomonedas: dónde va cada operación

Por Equipo editorial de CriptoHacienda·Publicado el 08 de julio de 2026··5 min de lectura

Especialistas en fiscalidad de criptoactivos en España

La duda más repetida cada campaña de Renta no es cuánto se paga por las criptomonedas, sino dónde se ponen. Y tiene sentido: el borrador de la Agencia Tributaria no trae las operaciones con criptoactivos precargadas, hay que introducirlas a mano, y cada tipo de operación entra por un apartado distinto. Poner una recompensa de staking donde va una venta puede cambiar el resultado de la declaración.

Esta guía ordena el mapa: qué operación va a qué apartado y qué datos te va a pedir Renta Web en cada uno.

Antes de empezar: la numeración cambia cada año

Un aviso importante. Los números de casilla se renumeran en cada campaña. Las guías que circulan por foros con números concretos suelen estar copiadas de campañas anteriores y llevan a apartados equivocados.

Lo que sí es estable es el nombre del apartado. Por eso aquí trabajamos con nombres: si buscas el apartado por su título en el buscador de Renta Web, siempre llegas al sitio correcto, sea cual sea el número de ese ejercicio.

Ventas y permutas: ganancias y pérdidas patrimoniales

Cuando vendes criptomonedas por euros, cambias una cripto por otra o pagas con ellas, generas una ganancia o pérdida patrimonial que se integra en la base del ahorro.

El apartado es el de ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones de monedas virtuales, dentro del bloque de ganancias patrimoniales de la base del ahorro. Desde la campaña del ejercicio 2021 existe un bloque específico para monedas virtuales, separado del genérico de "otros elementos patrimoniales".

Por cada transmisión te van a pedir:

  • Fecha de transmisión y fecha de adquisición.
  • Valor de transmisión: lo recibido, menos los gastos y comisiones de la venta.
  • Valor de adquisición: lo pagado, más los gastos y comisiones de la compra.
  • Denominación de la moneda virtual transmitida.

Aquí es donde entra el método FIFO: si compraste el mismo activo en varios momentos, las unidades que se consideran vendidas son las más antiguas. No puedes elegir el lote que más te convenga.

El error más caro: no declarar las permutas cripto-cripto. Cambiar BTC por ETH es una transmisión, aunque no hayas visto un euro. Es, con diferencia, la omisión que más regularizaciones genera.

Staking, savings y lending: rendimientos del capital mobiliario

Las recompensas de staking, los intereses de productos tipo Earn y los rendimientos de préstamos de criptoactivos no son ganancias patrimoniales. Son rendimientos del capital mobiliario, y van al apartado de rendimientos del capital mobiliario a integrar en la base del ahorro.

El importe a declarar es el valor en euros de la recompensa en el momento de recibirla. Ese mismo valor pasa a ser el coste de adquisición de esos tokens: cuando los vendas, solo tributará la diferencia. Declararlo bien en el año de la recompensa es lo que evita pagar dos veces por lo mismo.

Airdrops: depende de por qué te lo dieron

Los airdrops son el caso más discutido. El criterio general es:

  • Si recibes tokens sin contraprestación alguna, sin haber hecho nada por ellos, la interpretación más habitual es tratarlo como ganancia patrimonial no derivada de transmisión, que va a la base general.
  • Si los recibes por haber usado un protocolo, promocionado o realizado tareas, hay contraprestación y encaja mejor como rendimiento, o incluso como actividad económica si hay habitualidad.

Documenta el criterio que apliques y sé coherente entre ejercicios. En este punto conviene contar con asesoramiento si los importes son relevantes.

Minería: actividad económica

La minería no entra por ninguno de los apartados anteriores. Se declara en el apartado de rendimientos de actividades económicas en estimación directa, con sus ingresos y sus gastos deducibles, y tributa en la base general al tipo marginal.

Es el único bloque cripto que va a la base general por defecto, y por eso el que más diferencia tiene entre hacerlo bien y hacerlo mal.

Futuros y derivados

El resultado de futuros y perpetuos se integra como ganancia o pérdida patrimonial en la base del ahorro, igual que las ventas spot, y compensa con ellas sin límite. Si el saldo total queda negativo, puedes compensar hasta el 25 % de tus rendimientos del capital mobiliario positivos y arrastrar el resto cuatro ejercicios.

Tabla resumen

Operación Naturaleza fiscal Base Cuándo tributa
Venta por euros Ganancia/pérdida patrimonial Ahorro Al transmitir
Permuta cripto-cripto Ganancia/pérdida patrimonial Ahorro Al permutar
Pago con cripto Ganancia/pérdida patrimonial Ahorro Al pagar
Staking, Earn, lending Rendimiento capital mobiliario Ahorro Al recibir
Airdrop sin contraprestación Ganancia patrimonial General Al recibir
Minería Actividad económica General Al recibir
Futuros y perpetuos Ganancia/pérdida patrimonial Ahorro Al cerrar posición
Transferencia entre wallets propias No tributa Nunca

Lo que no se declara

Conviene tenerlo igual de claro: transferir criptomonedas entre monederos de tu propiedad no genera ningún hecho imponible. Tampoco lo genera comprar y mantener. Si en todo el ejercicio solo has comprado y no has vendido, permutado ni cobrado recompensas, no hay nada que llevar a estos apartados, aunque puede seguir habiendo obligación en el Modelo 721 o en el Impuesto sobre el Patrimonio.

Cómo llegar a la Renta con los números hechos

El trabajo real no es rellenar la casilla, son los cálculos que hay detrás: aplicar FIFO operación por operación, valorar cada permuta al cambio del día y separar rendimientos de ganancias.

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