¿Se paga menos por criptomonedas según la comunidad autónoma?
Especialistas en fiscalidad de criptoactivos en España
"Me mudo a Madrid y pago menos por mis criptomonedas." Es una de las creencias más extendidas entre inversores españoles y, en lo que se refiere al IRPF, es falsa. La respuesta larga es más interesante, porque hay tres impuestos en los que la comunidad sí decide, y uno de ellos puede costar decenas de miles de euros.
IRPF: tu comunidad no toca la base del ahorro
Las ganancias por vender o permutar criptomonedas van a la base del ahorro, y las comunidades autónomas de régimen común no tienen competencia para modificar esa escala. Su capacidad normativa alcanza a la escala de la base general —salarios, alquileres, actividades económicas— y a sus propias deducciones, no a las rentas del ahorro.
La escala del ahorro vigente, idéntica de Cádiz a Girona:
| Base liquidable del ahorro | Tipo |
|---|---|
| Hasta 6.000 € | 19 % |
| 6.000 € – 50.000 € | 21 % |
| 50.000 € – 200.000 € | 23 % |
| 200.000 € – 300.000 € | 27 % |
| Más de 300.000 € | 30 % |
El mismo bitcoin vendido con 80.000 € de ganancia paga lo mismo en Madrid, en Barcelona y en Badajoz. Puedes comprobar tu caso en la calculadora de IRPF.
La excepción dentro del IRPF: las rentas que van a la base general sí pasan por la escala autonómica. Eso afecta a la minería, a quien cobra en criptomonedas por su actividad y a los rendimientos de actividad económica en general. Ahí la diferencia entre comunidades en los tramos altos puede alcanzar varios puntos.
Territorios forales: aquí sí cambia el tipo
País Vasco y Navarra tienen IRPF propio, y su base del ahorro no se rige por la escala estatal.
- País Vasco (Bizkaia, Gipuzkoa y Álava): escala del ahorro común a los tres territorios históricos, con tipos que van del 19 % al 28 % y un marginal máximo del 28 % a partir de bases del ahorro muy altas, con efectos desde 2026.
- Navarra: escala especial del ahorro propia, con tipos entre el 20 % y el 28 %.
El titular que circula —28 % frente al 30 %— es engañoso. Los tramos intermedios forales son más caros, y al sumar la escala completa la factura sale igual o superior a la de territorio común en prácticamente todo el recorrido: por una ganancia de 60.000 €, unos 900 € más en el País Vasco y unos 2.300 € más en Navarra. Los números tramo a tramo, el modelo 721 foral y los mínimos exentos de patrimonio de cada territorio están en criptomonedas en País Vasco y Navarra.
Las normas forales cambian con frecuencia: antes de decidir nada, confirma la escala del ejercicio concreto con la hacienda foral que te corresponda.
Y una advertencia sobre los foros: el régimen foral no depende de dónde tengas la cuenta ni de dónde esté el exchange, sino de tu residencia habitual efectiva.
Impuesto sobre el Patrimonio: aquí decide todo tu comunidad
Este es el impuesto donde vivir en un sitio u otro cambia la factura de forma radical. Las criptomonedas computan por su valor a 31 de diciembre, estén donde estén.
- El mínimo exento estatal es de 700.000 € de patrimonio neto, y las comunidades pueden modificarlo.
- Varias comunidades —Madrid, Andalucía, Cantabria, Extremadura, La Rioja y Murcia entre ellas— han aplicado bonificaciones de hasta el 100 % de la cuota, con distinto alcance y con cambios año a año.
- Otras, con Cataluña como ejemplo habitual, mantienen tarifas plenas y mínimos exentos más bajos.
Un patrimonio neto de un millón de euros puede pagar cero en una comunidad bonificada y varios miles al año en otra. Los mínimos y las tarifas están recogidos en la página de Impuesto sobre el Patrimonio y criptomonedas.
El techo estatal: el ITSGF. El Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas (Ley 38/2022) se creó justamente para que las bonificaciones autonómicas no dejaran sin tributación a los grandes patrimonios: grava a partir de 3.000.000 € y de la cuota se descuenta lo pagado por Patrimonio. Efecto práctico: por debajo de esa cifra, la comunidad manda; por encima, el ahorro autonómico se recupera en gran parte por la vía estatal.
Donaciones y herencias: la mayor diferencia de todas
El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones está cedido, y las diferencias entre comunidades son enormes: de una bonificación casi total entre padres e hijos a cuotas de decenas de miles de euros por la misma donación.
Con criptoactivos hay dos reglas de competencia que conviene tener claras:
- En donaciones de bienes muebles —y una criptomoneda lo es— la normativa aplicable es la de la comunidad donde el donatario haya tenido su residencia habitual, considerando los cinco años anteriores.
- En herencias, la del lugar de residencia habitual del causante.
Es decir: quien recibe no elige, y el donante tampoco puede cambiar la respuesta mudándose él. Todo el detalle en herencia y donación de criptomonedas.
Mudarse solo para pagar menos: lo que dice la ley
La Ley del IRPF contiene una regla antiabuso específica: no producen efecto los cambios de residencia cuyo objeto principal sea lograr una menor tributación, y se presume que existe ese propósito cuando el cambio va acompañado de un aumento significativo de la base imponible y el contribuyente regresa a su comunidad anterior antes de que pasen tres años.
Además, la residencia habitual no se acredita con un empadronamiento. En una comprobación se miran consumos, colegios, tarjetas, historial médico, matriculaciones y la ubicación real de la actividad diaria. Un cambio de domicilio en el mes anterior a vender una posición grande, con la familia y la vida en otra provincia, es un patrón conocido.
Si lo que estás valorando es salir de España, ese es otro terreno, con sus propias reglas: cambio de residencia fiscal e impuesto de salida, y la comparación de destinos en Andorra, Portugal o Dubái.
Resumen en una tabla
| Impuesto | ¿Depende de tu comunidad? |
|---|---|
| IRPF, ganancias por vender o permutar cripto | No en territorio común; sí en País Vasco y Navarra |
| IRPF, staking e intereses | Igual que el anterior: base del ahorro |
| IRPF, minería y actividad económica | Sí: base general con escala autonómica |
| Impuesto sobre el Patrimonio | Sí, y mucho |
| ITSGF (más de 3 M€) | No: es estatal y compensa el ahorro autonómico |
| Sucesiones y Donaciones | Sí, con diferencias muy grandes |
| Modelo 721 y obligaciones informativas | En territorio común, no; en País Vasco y Navarra se presentan ante la hacienda foral, con su propio modelo |
Lo que sí puedes controlar
Antes de mirar el mapa, mira tus números: el momento en que realizas las ganancias, el orden de los lotes que aplicas con FIFO y la compensación de pérdidas mueven la factura más que cualquier decisión de domicilio para el inversor medio.
CriptoHacienda calcula tu resultado por ejercicio con los tipos vigentes de cada año, te muestra el saldo a 31 de diciembre que necesitas para Patrimonio y el modelo 721, y te deja ver el efecto de cerrar o no cerrar una posición antes del 31 de diciembre.
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