Criptomonedas en País Vasco y Navarra: lo que cambia con la hacienda foral
Especialistas en fiscalidad de criptoactivos en España
Si resides en Bilbao, en Donostia, en Vitoria o en Pamplona, casi todo lo que leas sobre impuestos y criptomonedas en España está escrito para otra persona. Tu IRPF no es el estatal: es el foral, con su propia norma, su propia escala y su propio programa de ayuda. Y las obligaciones informativas sobre criptomonedas —incluido el famoso modelo 721— tampoco se presentan donde te dicen.
Son dos millones y medio de contribuyentes con una fiscalidad distinta y con muy poca información específica. Esto es lo que cambia, con los números encima de la mesa.
Primero: ¿eres foral?
No lo decide tu DNI, ni dónde tengas el banco, ni desde qué país opere tu exchange. Lo decide dónde tienes tu residencia habitual, con las reglas del Concierto Económico con el País Vasco y del Convenio Económico con Navarra, que funcionan como el artículo 9 de la Ley del IRPF pero hacia dentro:
- Dónde permaneces más días del periodo impositivo. Se computa por territorio histórico, no por comunidad: Bizkaia, Gipuzkoa y Álava son tres administraciones distintas entre sí.
- Si no hay un territorio claro, dónde está tu principal centro de intereses, medido por la base imponible del IRPF.
- En última instancia, la última residencia declarada.
Un detalle que se pasa por alto: si te has mudado desde territorio común hace poco, hay reglas antiabuso que miran el cambio de residencia cuando va seguido de una operación grande. Vale lo mismo que se explica en si se paga menos según la comunidad autónoma: mudarse es un hecho que se comprueba, no una casilla que se marca.
El tipo: la escala del ahorro foral en 2026
Las ganancias por vender o permutar criptomonedas van a la base del ahorro también en territorio foral, pero con tarifas propias.
País Vasco. Los tres territorios históricos aprobaron de forma coordinada una escala nueva —Norma Foral 2/2025 en Bizkaia, 1/2025 en Gipuzkoa y 3/2025 en Álava— que sustituye a la anterior de cinco tramos del 20 % al 25 %:
| Base liquidable del ahorro | Tipo |
|---|---|
| Hasta 7.500 € | 19 % |
| 7.500 € – 15.000 € | 20 % |
| 15.000 € – 30.000 € | 22 % |
| 30.000 € – 50.000 € | 24 % |
| 50.000 € – 90.000 € | 25,5 % |
| 90.000 € – 120.000 € | 26 % |
| 120.000 € – 240.000 € | 26,5 % |
| 240.000 € – 300.000 € | 27 % |
| Más de 300.000 € | 28 % |
Ojo con el ejercicio al que aplica: esta escala rige desde el ejercicio 2026, el que se declara en 2027. La declaración presentada en 2026, correspondiente a 2025, todavía se calculó con la tarifa anterior. Si estás reconstruyendo años atrás, cada ejercicio va con la escala de su año.
Navarra. Tarifa especial del ahorro propia, con seis tramos del 20 % al 28 %:
| Base especial del ahorro | Tipo |
|---|---|
| Hasta 6.000 € | 20 % |
| 6.000 € – 10.000 € | 22 % |
| 10.000 € – 15.000 € | 24 % |
| 15.000 € – 200.000 € | 26 % |
| 200.000 € – 300.000 € | 27 % |
| Más de 300.000 € | 28 % |
El titular del «28 % frente al 30 %» es engañoso
Circula mucho la idea de que en territorio foral se paga menos porque el marginal máximo se queda en el 28 % y en territorio común llega al 30 %. Es cierto en el último tramo y falso en casi todo lo demás, porque los tramos bajos forales son más caros. Con una ganancia como única renta del ahorro, y sin entrar en reducciones ni mínimos personales:
| Ganancia | Territorio común | País Vasco (2026) | Navarra |
|---|---|---|---|
| 20.000 € | 4.080 € | 4.025 € | 4.580 € |
| 60.000 € | 12.680 € | 13.575 € | 14.980 € |
| 500.000 € | 131.880 € | 133.025 € | 134.380 € |
En el tramo donde está la mayoría de los inversores, vender en Bilbao cuesta unos 900 euros más que vender en Badajoz por la misma ganancia de 60.000 €, y en Pamplona unos 2.300 más. Ni siquiera con medio millón de euros la ventaja del marginal llega a compensar el recorrido anterior.
Sirva de aviso para los foros: nadie debería mudarse por esto. Y quien ya vive allí, que no dé por hecho un ahorro que no existe. Puedes contrastar tu caso con la calculadora de IRPF, teniendo en cuenta que aplica la escala de territorio común.
El modelo 721 foral: no se presenta en la AEAT
Aquí está el error de gestión más frecuente y el más fácil de evitar. La obligación de informar sobre monedas virtuales situadas en el extranjero existe también en los cuatro territorios forales, pero con norma propia y presentación ante la hacienda foral correspondiente:
- Bizkaia: Orden Foral 560/2023, de 9 de noviembre, que aprueba el modelo 721 foral, sobre la obligación introducida por la Norma Foral 8/2022.
- Gipuzkoa: modelo 721 propio de la Diputación Foral, con su normativa de desarrollo.
- Álava: modelo 721 propio de la Diputación Foral de Álava.
- Navarra: Orden Foral 29/2023, de 14 de junio, que desarrolla la obligación de informar sobre monedas virtuales en el extranjero y aprueba el modelo 721; la Orden Foral 30/2023 hizo lo propio con los modelos 172 y 173.
El plazo —del 1 de enero al 31 de marzo—, el umbral de 50.000 € sobre el saldo global y la regla de repetir solo si el saldo sube más de 20.000 € funcionan igual que en la versión estatal, explicada en modelo 720 o modelo 721. Lo que cambia es la ventanilla. Presentar el 721 estatal siendo contribuyente foral no cumple tu obligación.
Lo mismo ocurre con los modelos 172 y 173, que presentan las plataformas, y con lo que llegue de la DAC8 y el modelo 175: las haciendas forales aprueban sus propias versiones y reciben su propia información. Vivir en territorio foral no te saca de ningún radar; te cambia de radar.
Patrimonio: cuatro impuestos distintos, cuatro mínimos distintos
Las criptomonedas computan por su valor de mercado a 31 de diciembre, estén donde estén y las custodie quien las custodie. Lo que cambia es a partir de cuánto empiezas a pagar:
| Territorio | Impuesto | Mínimo exento | Vivienda habitual |
|---|---|---|---|
| Bizkaia | Impuesto sobre la Riqueza y las Grandes Fortunas | 800.000 € | 400.000 € |
| Álava | Impuesto sobre la Riqueza y las Grandes Fortunas | 800.000 € | 400.000 € |
| Gipuzkoa | Impuesto sobre la Riqueza y las Grandes Fortunas | 700.000 € | 300.000 € |
| Navarra | Impuesto sobre el Patrimonio (Ley Foral 13/1992) | 550.000 € | 250.000 € |
En Navarra, además, la obligación de declarar aparece con un patrimonio bruto de 1.000.000 €, por debajo del umbral de 2.000.000 € del régimen común, y la declaración va en su propio modelo F83.
Sobre el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas: el estatal no se aplica en los territorios forales, pero los tres territorios vascos aprobaron en 2023 sus propias normas forales del impuesto, con reglas de valoración que no son idénticas entre sí. Traducción: por encima de tres millones de euros, la comparación con territorio común hay que hacerla norma en mano y no por titulares.
Lo que no cambia por ser foral
Casi todo lo demás. Las normas forales del IRPF replican el esquema estatal en lo que a criptoactivos se refiere:
- Las permutas tributan. La propia Hacienda Foral de Gipuzkoa lo dice sin rodeos en su página sobre tributación de criptomonedas, apoyándose en el artículo 40 de la Norma Foral 3/2014: la ganancia es la diferencia entre valor de adquisición y de transmisión. Vale lo explicado en cambiar una cripto por otra.
- El staking es rendimiento del capital mobiliario —artículo 29 de esa misma Norma Foral en Gipuzkoa—, igual que en cómo tributa el staking.
- El método de identificación de lotes es FIFO, con la misma mecánica de FIFO en criptomonedas.
- La prescripción son cuatro años, y las reglas de prueba, las mismas.
Los cuatro errores forales más caros
- Calcular con la escala estatal. El resultado no cuadrará con lo que salga en tu programa foral, y la diferencia no siempre es a tu favor.
- Presentar el 721 en la ventanilla equivocada. Es una declaración informativa: la sanción no depende de que hayas ganado dinero.
- Aplicar la escala nueva a un ejercicio antiguo. En el País Vasco, la tarifa de nueve tramos es de 2026 en adelante.
- Dar por hecha una bonificación de patrimonio que aquí no existe. Ningún territorio foral tiene el impuesto patrimonial bonificado al 100 %.
Dónde entra CriptoHacienda
CriptoHacienda importa tus plataformas, aplica FIFO global, valora cada posición a 31 de diciembre con precios históricos y deja el detalle de ganancias, permutas y rendimientos por ejercicio: exactamente el papel de trabajo que necesitas tanto si declaras en Renta Web como si lo haces en el programa de tu hacienda foral. La calculadora usa la escala de territorio común; el desglose de operaciones, valores de adquisición y saldos a 31 de diciembre sirve igual en los cuatro territorios.
¿Listo para calcular tus impuestos crypto?
CriptoHacienda calcula tu IRPF y Modelo 721 automáticamente. Gratis.
Empezar gratis →