Criptomonedas y ayudas públicas: la beca, el IMV y el subsidio
Especialistas en fiscalidad de criptoactivos en España
Casi todo lo que se escribe sobre criptomonedas e impuestos acaba en la misma pregunta: cuánto hay que pagar. Hay un grupo grande de contribuyentes para los que esa no es la pregunta importante, porque lo que está en juego no son unos cientos de euros de IRPF, sino una beca, el ingreso mínimo vital o un subsidio por desempleo.
Y ahí el mecanismo es distinto y bastante más duro: las ayudas no miran cuánto pagas, miran cuánta renta tienes y cuánto patrimonio. Con criptomonedas eso significa una cosa que hay que decir sin rodeos: puedes perder una ayuda por una operación que no te dejó ni un euro en la cuenta.
El mecanismo: renta que existe sin dinero
Cambiar una cripto por otra es una transmisión. El artículo 33.1 de la Ley del IRPF ve una alteración patrimonial y el 37.1.h) le pone valor: hay ganancia patrimonial aunque no hayas tocado el euro. Lo desarrollamos en permuta entre criptomonedas.
Esa ganancia entra en tu base imponible del ahorro. Y todas las ayudas que leen tu declaración de la Renta la ven exactamente igual que si hubieras vendido y cobrado.
A eso se suma el segundo canal: el patrimonio. Una cartera de criptomonedas es un activo financiero, y los baremos de patrimonio de las ayudas no tienen ninguna casilla que la excluya, a diferencia de lo que ocurre con la vivienda habitual.
Con esos dos canales en la cabeza, vamos ayuda por ayuda.
Beca del MEC: el umbral que más solicitudes tumba
Es el caso más severo y el menos conocido, así que va primero.
La convocatoria de becas del Ministerio no tiene un solo requisito económico, tiene varios, y son excluyentes entre sí: basta incumplir uno para que la beca se deniegue, aunque los demás estén holgadamente cumplidos. Uno de ellos dice, en esencia, esto:
La suma de los rendimientos netos reducidos del capital mobiliario más el saldo neto positivo de todas las ganancias y pérdidas patrimoniales de los miembros computables de la familia no puede superar el umbral fijado en la convocatoria.
Ese umbral ha sido de 1.700 € durante muchas convocatorias y se elevó a 1.900 € para la de 2026-2027. Mil novecientos euros. Para toda la unidad familiar. Y las ganancias patrimoniales por criptomonedas entran de lleno.
Las consecuencias prácticas:
Una sola operación puede bastar. Un padre que permuta ETH por SOL con 4.000 € de ganancia latente materializada deja a su hijo fuera de la beca, aunque la renta familiar esté muy por debajo del umbral de renta. No es una reducción proporcional de la cuantía: es una denegación.
El requisito es de la familia, no del estudiante. Los miembros computables incluyen a los padres. Es perfectamente posible perder la beca por una operación que el becario no hizo ni conoce.
Y ahora la parte útil: el umbral mira el saldo neto. No la suma de ganancias, sino el saldo neto positivo de ganancias y pérdidas. Eso significa que materializar pérdidas latentes en el mismo ejercicio reduce el número que se compara con el umbral. Es una herramienta legal, ordinaria y perfectamente documentable, y es exactamente el mismo mecanismo que explicamos en compensar pérdidas y en cierre de ejercicio, aplicado aquí a un umbral que no es fiscal.
Ojo con el ejercicio de referencia: la convocatoria mira la renta del ejercicio anterior. La beca del curso 2026-2027 se decide con lo que pasó en 2025. Si vas a solicitar beca, el año que importa ya está cerrado, y el que puedes gestionar es el siguiente.
Ingreso mínimo vital: dos límites de patrimonio, ambos binarios
El IMV, regulado en la Ley 19/2021, exige acreditar vulnerabilidad económica, y para eso mira tres cosas: los ingresos, el patrimonio neto y los activos no societarios.
Con las cuantías de 2026 y para una persona sola:
| Concepto | Límite 2026 (persona sola) |
|---|---|
| Renta garantizada | 733,60 €/mes, 8.803,20 €/año |
| Patrimonio neto (excluida la vivienda habitual) | 26.409,60 € |
| Activos no societarios | 52.819,20 € |
Los límites escalan según la composición de la unidad de convivencia. Y lo importante para quien tiene criptomonedas:
- La cripto computa en los dos límites de patrimonio. Es un activo financiero. No hay exclusión equivalente a la de la vivienda habitual.
- El requisito es binario. Superar el límite por un euro no reduce la prestación: la deniega o la extingue.
- Y se revisa. El IMV no se concede una vez y para siempre: se comprueba anualmente con los datos del ejercicio anterior. Una cartera que se aprecia puede sacarte del IMV sin que hayas hecho ninguna operación.
Ese último punto es el que sorprende. Una cartera de 30.000 € en criptomonedas, sin vender nada, ya sitúa a una persona sola por encima del límite de patrimonio neto. No hay renta, no hay ganancia, no hay IRPF a pagar, y no hay IMV.
Subsidio por desempleo: el rendimiento que no has cobrado
Aquí hay que empezar por una distinción que evita sustos innecesarios:
La prestación contributiva por desempleo —el «paro»— no tiene requisito de rentas ni de patrimonio. Se gana cotizando. Puedes tener una cartera de criptomonedas de seis cifras y cobrarla íntegra.
Los subsidios, en cambio, sí. El subsidio por desempleo y las ayudas asistenciales exigen carencia de rentas: no tener rentas de cualquier naturaleza superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, excluidas las pagas extraordinarias. Con el SMI de 2026 en 1.221 € mensuales, el tope está en 915,75 € al mes.
Y dentro de las rentas computables hay dos cosas que afectan a quien tiene cripto:
1. Las ganancias patrimoniales computan. Se calculan por la diferencia entre ganancias y pérdidas patrimoniales. Una venta o una permuta genera renta computable, con los criterios de cómputo del propio servicio de empleo.
2. El rendimiento presunto del patrimonio. Esta es la que nadie ve venir. Cuando un elemento patrimonial no ha declarado un rendimiento efectivo por otra vía, se le imputa un rendimiento presunto aplicando el interés legal del dinero, que en 2026 es del 3,25 %, sobre su valor.
Es decir: una cartera parada, sin vender nada y sin staking, puede generar renta computable a efectos del subsidio.
| Valor de la cartera | Rendimiento presunto anual (3,25 %) | Renta computable mensual |
|---|---|---|
| 20.000 € | 650 € | 54,17 € |
| 50.000 € | 1.625 € | 135,42 € |
| 100.000 € | 3.250 € | 270,83 € |
| 350.000 € | 11.375 € | 947,92 € |
Con 350.000 € en cartera, el rendimiento presunto por sí solo ya supera el tope de 915,75 € y cierra el acceso al subsidio. Sin haber vendido nada, sin haber cobrado nada y sin deber un euro de IRPF.
Las demás ayudas leen tu declaración
El patrón se repite en casi todo el sistema de ayudas, porque casi todas se calculan sobre la declaración de la Renta:
| Ayuda | Qué mira | Efecto de una ganancia por cripto |
|---|---|---|
| Becas y ayudas autonómicas al estudio | Renta y patrimonio familiar | Puede denegarla |
| Pensiones no contributivas | Rentas y patrimonio de la unidad | Puede extinguirla |
| Bono social eléctrico | Base imponible de la unidad familiar | Puede perderse |
| Ayudas al alquiler | Base imponible general y del ahorro | Puede quedar fuera de umbral |
| Precios públicos: comedor, matrícula, escuela infantil | Renta familiar | Sube el tramo que pagas |
| Mínimos y deducciones familiares del IRPF | Rentas del descendiente | Ver criptomonedas de un menor |
La regla general que conviene interiorizar: la ganancia de la base del ahorro suma en la base imponible que casi todas las ayudas usan como referencia. No es renta «aparte» por venir de criptomonedas.
Cómo se enteran
No hace falta ninguna teoría de la conspiración. La información circula por tres vías que ya están funcionando:
- Los proveedores de criptoactivos establecidos en España presentan sus propias declaraciones informativas con tus saldos y operaciones: los modelos 172 y 173, en transición hacia el modelo 175.
- Los del resto de la Unión Europea informan a su administración, que la comparte con la española por DAC8 desde el ejercicio 2026.
- Y las entidades gestoras de las prestaciones cruzan datos con la Agencia Tributaria para comprobar los requisitos de renta y patrimonio, tanto al conceder como al revisar.
El detalle de qué ve exactamente la Administración está en cómo sabe Hacienda que tengo criptomonedas.
Y la consecuencia de no comunicar un cambio que afecta al derecho a la prestación no es solo dejar de cobrar: es la revocación con efectos retroactivos, el reintegro de todo lo percibido indebidamente y la sanción del régimen sancionador del orden social, que en los casos graves llega a la vía penal. Es, con diferencia, el escenario más caro de todos los que se describen en esta página.
Qué se puede hacer, y es legal
Nada de lo que sigue consiste en ocultar. Ocultar es precisamente lo que activa el reintegro y la sanción. Lo que hay es margen de gestión, y es real:
- Mira el calendario antes de operar. Cada ayuda tiene su ejercicio de referencia: las becas miran el año anterior, el IMV se revisa con el ejercicio cerrado, los subsidios miran el mes. Una venta puede esperar a un año en el que no haya ninguna ayuda en juego.
- Gestiona el saldo neto, no la ganancia bruta. Los umbrales que importan miran el saldo neto de ganancias y pérdidas. Materializar pérdidas latentes en el mismo ejercicio lo reduce, y es una operación ordinaria y documentable. Cuidado con la regla de recompra: en criptoactivos la ventana es de doce meses.
- Reduce el número de permutas. Un año de tenencia sin operar genera cero renta. Es la decisión más eficaz y la más sencilla, y sirve para todas las ayudas a la vez.
- Cuenta el patrimonio, no solo la renta. En el IMV y en las pensiones no contributivas puedes quedar fuera sin haber vendido nada. Si el patrimonio es el problema, la operativa no lo arregla.
- Ten el número antes de que llegue el plazo. La mayoría de estas decisiones solo funcionan antes del 31 de diciembre. En enero ya no hay nada que hacer.
- Y declara bien lo que hayas hecho. El riesgo grande no es el IRPF: es cobrar una ayuda a la que no tenías derecho porque la declaración decía otra cosa.
Si la situación combina varias ayudas, o si hablamos de un IMV o una pensión no contributiva que son el sustento de una familia, esto es exactamente el tipo de caso en el que conviene una revisión con un asesor especializado antes de tocar nada.
Dónde entra CriptoHacienda
Todo lo anterior depende de un dato que casi nadie tiene a tiempo: cuál es tu saldo neto de ganancias y pérdidas de este ejercicio, hoy.
CriptoHacienda lo calcula sobre tu cartera consolidada, con FIFO y precios históricos, y te deja ver el efecto de vender ahora, de esperar o de materializar una pérdida antes de que cierre el año. Ese número es el que decide si una beca se concede o se deniega, y conviene conocerlo en octubre y no en junio del año siguiente.
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