Saltar al contenido
Declaración e IRPF

Impuestos de las criptomonedas en Europa en 2026: cómo queda España frente a Alemania, Francia, Italia y Portugal

Por Equipo editorial de CriptoHacienda·Publicado el 04 de octubre de 2026··5 min de lectura

Especialistas en fiscalidad de criptoactivos en España

«En Portugal no se paga», «en Alemania basta con esperar un año», «Italia es más barata». Son frases que circulan en cualquier foro de criptomonedas y que en 2026 están, en buena parte, desactualizadas. Varios países han subido o creado impuestos este año y otros lo están tramitando. Esta es la foto a octubre de 2026 para un particular que invierte, no para quien hace del trading su profesión.

La tabla

País Tipo sobre la ganancia Exención o umbral ¿Tributa cambiar una cripto por otra?
España 19 % a 30 % por tramos Ninguno Sí
Alemania Tipo personal (hasta 45 %) Exenta si se mantiene más de un año; borrador para acabar con ello desde 2027 Sí
Francia 31,4 % fijo Ventas anuales de hasta 305 € No, solo al pasar a euros o comprar bienes
Italia 33 % (26 % stablecoins de euro) Ninguno desde 2026 No entre cripto de la misma naturaleza
Portugal 28 % Exenta a partir de 365 días No, se difiere
Austria 27,5 % Lo comprado antes de marzo de 2021 sigue la regla antigua No
Bélgica 10 % 10.000 € al año; 33 % si es especulativo Depende del caso
Países Bajos 36 % sobre un rendimiento presunto Mínimo exento del patrimonio No: se grava el saldo, no la venta

España: tramos y sin periodo de tenencia

En España la ganancia por vender o permutar cripto va a la base del ahorro: 19 % hasta 6.000 €, 21 % hasta 50.000 €, 23 % hasta 200.000 €, 27 % hasta 300.000 € y 30 % a partir de ahí. No importa cuánto tiempo hayas tenido el activo y no hay umbral exento: un euro de ganancia ya tributa. Además, a diferencia de casi todos los países de la tabla, aquí cambiar una cripto por otra es una transmisión (permuta del 37.1.h), así que cada swap genera su propio resultado. Lo tienes con ejemplos en cuánto se paga por vender bitcoin.

A eso se suman el modelo 721 y, en patrimonios grandes, el Impuesto sobre el Patrimonio y el de grandes fortunas.

Alemania: el año de tenencia tiene fecha de caducidad

Hoy, un particular en Alemania que vende cripto tras más de un año no paga nada; si vende antes, tributa a su tipo personal, con una franquicia de 1.000 € de ganancias al año. El Gobierno envió el 30 de septiembre de 2026 un borrador para gravar al 25 % (más recargos) lo que se compre desde el 1 de enero de 2027, sin periodo de tenencia. Lo contamos en detalle en Alemania quiere acabar con la exención del bitcoin.

Francia: 31,4 % y swaps neutros

Francia aplica un tipo fijo que ha subido del 30 % al 31,4 % desde el 1 de enero de 2026 por el aumento de las cotizaciones sociales. Su gran diferencia con España es que los cambios entre criptomonedas no tributan: solo se paga al pasar a euros o al comprar bienes y servicios. Hay un umbral: si el total de ventas del año no supera 305 €, no se tributa.

Italia: del 26 % al 33 %

Italia elevó el impuesto sustitutivo sobre las ganancias cripto del 26 % al 33 % para las ganancias obtenidas desde 2026, y eliminó el mínimo exento de 2.000 € que había en 2024 y 2025. Las stablecoins vinculadas al euro se quedan en el 26 %. Además aplica un impuesto anual del 0,2 % sobre el valor de la cartera. A cambio, los cambios entre criptoactivos de la misma naturaleza no tributan.

Portugal: la exención de los 365 días

Portugal grava al 28 % las ganancias de cripto mantenidas menos de 365 días y deja exentas las que superan ese plazo, siempre que no se trate de una actividad profesional. Los cambios entre criptomonedas se difieren hasta que se pasa a euros. Es el régimen más favorable de Europa occidental para el inversor paciente, pero ojo: mudarse no borra la plusvalía generada en España. Ver Andorra, Portugal o Dubái.

Austria, Bélgica y Países Bajos

  • Austria grava al 27,5 % las cripto compradas desde el 1 de marzo de 2021, sin periodo de tenencia, y no hace tributar los cambios entre criptomonedas.
  • Bélgica estrena en 2026 un impuesto del 10 % sobre las plusvalías de activos financieros, cripto incluidas, con 10.000 € exentos al año y con las ganancias anteriores a 2026 fuera del cálculo. Si la operativa se considera especulativa, el tipo es del 33 % y sin exención.
  • Países Bajos no grava la venta sino el patrimonio: presume una rentabilidad sobre el saldo a 1 de enero y aplica el 36 % a esa rentabilidad ficticia, ganes o pierdas. Tiene prevista una reforma para gravar rendimientos reales más adelante.

Qué significa todo esto si vives en España

  1. Tributas en España por todo, estés donde estés el exchange. Si eres residente aquí, la ganancia se declara aquí, y el intercambio automático de información de la DAC8 hace que Hacienda lo sepa.
  2. Mudarse no resetea el coste. España no actualiza el valor de adquisición cuando llegas ni cuando te vas. La plusvalía acumulada mientras eras residente puede acabar tributando aquí si no planificas la salida: ver cambiar de residencia fiscal con criptomonedas.
  3. El swap es el gran diferencial. España es de los pocos países que hacen tributar cada cambio entre cripto. Si haces mucho trading entre tokens, el cálculo por FIFO de cada permuta es donde más errores aparecen.
  4. Las cifras cambian cada año. Italia, Francia, Bélgica y Alemania han movido su régimen en el último año. Revisaremos esta tabla cada enero.

CriptoHacienda calcula tu resultado según las reglas españolas, con cada permuta y su FIFO, aunque hayas operado en exchanges de media Europa.

Empieza gratis →

¿Listo para calcular tus impuestos crypto?

CriptoHacienda calcula tu IRPF y Modelo 721 automáticamente. Gratis.

Empezar gratis →