Saltar al contenido
RWA · Inmuebles tokenizados · IRPF

Tu alquiler tokenizado
no es un alquiler para Hacienda

Cobras cada mes por una fracción de un edificio, pero declaras capital mobiliario: sin reducción del 60 %, sin amortización y sin restar un solo gasto.

100% gratuito · Sin límite de transacciones · Sin tarjeta

El token no es el inmueble

En casi ningún modelo de tokenización compras una parte del edificio. Compras un derecho de crédito frente a la sociedad que sí es propietaria: normalmente un préstamo participativo. Entregas dinero, el vehículo compra y explota el inmueble, y tú cobras una remuneración ligada a los resultados más el principal cuando se vende.

Nunca apareces en el Registro de la Propiedad. Nunca firmas un contrato de arrendamiento. No tienes inquilino. Y sin inquilino no hay rendimiento del capital inmobiliario.

Base del ahorro

Los abonos van al tramo del 19 % al 30 %, no a la escala general. Sobre el papel, más barato.

Declaras el bruto

Sin gastos, sin amortización y sin reducción. El casero resta antes de tributar; tú no restas nada.

Un 8 % en tokens y un 8 % en un piso no dejan lo mismo

La rentabilidad nominal se compara fácil. La neta, después de impuestos, es otra conversación.

Piso propio alquiladoToken inmobiliario
CalificaciónCapital inmobiliarioCapital mobiliario
BaseGeneral (escala)Ahorro (19-30 %)
Reducción por vivienda habitualHasta el 60 %No aplica
Amortización del 3 %SíNo aplica
IBI, comunidad, seguro, obrasDeduciblesNo los soportas ni los restas
Intereses del préstamoDeducibles con límiteNo aplica

¿Modelo 721 o Modelo 720?

Este es el segundo error caro, y es puramente formal. La Ley 6/2023 de los Mercados de Valores permite representar valores negociables mediante tecnología de registro distribuido. Un token emitido con esa cobertura es un valor, no un criptoactivo, y queda fuera del ámbito de MiCA.

Si tu token es un valor negociable en DLT

Con emisor o depositario en el extranjero, lo que corresponde es el Modelo 720, en su apartado de valores, derechos y seguros.

Si tu token es un criptoactivo

Custodiado por una plataforma extranjera, entra en el Modelo 721.

Cada modelo tiene su propio umbral de 50.000 € y su propio régimen sancionador. Quien decide cuál te toca es el folleto de emisión, no el folleto comercial. Si no lo tienes, pídelo antes de enero.

Cuando vendes el token

La transmisión del token —a otro inversor en el secundario o de vuelta al emisor— genera una ganancia o pérdida patrimonial en la base del ahorro, por diferencia entre valor de transmisión y valor de adquisición.

  • No hay plusvalía municipal: no transmites un terreno, transmites un derecho. La pagará la sociedad cuando venda el edificio.
  • No hay ITP ni exención por reinversión en vivienda habitual ni la de mayores de 65 años.
  • Si lo que compraste fueron participaciones societarias tokenizadas, lo que cobras son dividendos y la venta tiene sus propias reglas.

Muchas plataformas pagan en stablecoins. Cada abono en USDC o USDT se imputa por su valor en euros del día, crea su propio lote de adquisición, y al convertirlo a euros aflora una ganancia por el tipo de cambio del dólar. Doce abonos al año por proyecto, con tres proyectos en cartera, son cincuenta apuntes antes de haber vendido nada.

Preguntas frecuentes sobre tokenización e impuestos

Doce abonos al año no se ordenan a mano

100% gratuito · Sin límite de transacciones · Sin tarjeta de crédito.

Empezar gratis →