Minería de criptomonedas y Hacienda: cómo tributa, si es legal y cuánto queda después de impuestos
Especialistas en fiscalidad de criptoactivos en España
Quien empieza a minar suele preguntarse primero si le compensa y después si es legal. A Hacienda le interesa otra cosa: qué tipo de renta es lo que minas. Y la respuesta es la menos cómoda de todo el mundo cripto, porque la minería no tributa como una inversión, sino como un negocio.
¿Es legal minar criptomonedas en España?
Sí. No hace falta ninguna licencia financiera: MiCA regula a quien custodia, intercambia o emite criptoactivos, y deja fuera expresamente la minería y la validación. Lo que sí te aplica es lo mismo que a cualquier negocio con maquinaria: el contrato de luz adecuado a la potencia, las ordenanzas de ruido de tu municipio y, si montas una nave, la licencia de actividad del ayuntamiento.
Y, sobre todo, las obligaciones con Hacienda, que es donde la mayoría tropieza.
Para Hacienda, minar es una actividad económica
Quien mina organiza por su cuenta medios de producción —equipos, electricidad, conexión— para obtener un ingreso. Esa es la definición de actividad económica en el IRPF, y de ahí sale todo lo demás:
- Alta censal con el modelo 036 o 037 antes de empezar. No existe un epígrafe de minería en el IAE y el criterio administrativo ha apuntado al 831.9, «otros servicios financieros n.c.o.p.».
- Alta en el RETA si la actividad es habitual.
- Pagos fraccionados trimestrales con el modelo 130, salvo excepciones.
- El rendimiento neto va a la base general del IRPF, con la escala progresiva completa, no a la base del ahorro donde tributan las ventas de cripto.
Es la diferencia que más duele. Una ganancia por vender bitcoin tributa como mucho al 30 %. El rendimiento de una actividad puede llegar al tipo marginal máximo de tu comunidad, que en varias supera el 50 %. Lo explicamos con detalle en trading o actividad económica: la compraventa no es actividad; minar, sí.
Cuándo se declara lo que minas
Cada recompensa es un ingreso en el momento en que la recibes, valorado en euros a precio de mercado de ese día. Si el pool te paga a diario, son 365 ingresos al año, cada uno con su valor.
Ese mismo valor es, además, el coste de adquisición de las monedas minadas. Cuando un día las vendas o las cambies por otra cripto, la diferencia entre lo que obtengas y ese valor de entrada es una ganancia o pérdida patrimonial, esta vez sí en la base del ahorro y con FIFO.
Son dos impuestos sobre dos momentos distintos. Mezclarlos —declarar solo al vender, o tomar coste cero para lo minado— es el error más común, y casi siempre te hace pagar de más o de menos.
Qué gastos puedes deducir
Como actividad económica, restas del ingreso los gastos necesarios para obtenerlo:
- Electricidad. Si la máquina está en tu casa, solo la parte que consume el equipo. Un submedidor o un contrato aparte es la mejor prueba.
- Amortización del hardware. El ASIC no se deduce entero el primer año: se reparte a lo largo de su vida útil. Lo habitual es encuadrarlo como equipo de tratamiento de la información, que en la tabla simplificada admite hasta un 26 % anual.
- Hosting, si la máquina está en una granja, con la luz incluida en la factura.
- Comisión del pool, reparaciones, portes, seguros y la cuota de autónomo.
El IVA: no repercutes, pero tampoco recuperas
La doctrina administrativa considera que la minería no está sujeta a IVA: el protocolo que te paga la recompensa no es un cliente identificable. Parece una ventaja hasta que miras las facturas. Si no haces operaciones sujetas, el IVA que pagas en los equipos, la luz o el hosting no se puede deducir y se convierte en mayor coste. Lo desarrollamos en IVA y criptomonedas.
¿Cuánto se gana minando en España?
Depende de cuatro números, y dos no los controlas:
- Tu hashrate frente al de toda la red: tu parte de los bloques.
- La recompensa por bloque (3,125 BTC desde el halving de 2024) más las comisiones de las transacciones.
- El precio de bitcoin.
- Lo que pagas por el kWh, que en España es la variable que decide.
La industria resume los tres primeros en el hashprice: cuántos dólares produce cada terahash al día. Con un ejemplo ilustrativo, no con cifras de hoy:
| Concepto | Cálculo | Euros al día |
|---|---|---|
| Ingreso bruto | 200 TH/s × 0,045 € por TH | 9,00 |
| Electricidad | 3,5 kW × 24 h × 0,12 €/kWh | −10,08 |
| Resultado | −1,08 |
Con luz doméstica y una máquina de esa eficiencia, se pierde dinero antes de amortizar el equipo. Por eso la minería en España se ha ido a contratos industriales, autoconsumo solar o granjas en el extranjero, y por eso los cálculos de rentabilidad que ves en internet suelen olvidar dos cosas: la amortización y los impuestos.
Ahora suponlo rentable. Un año con 4.000 € de recompensas, 2.300 € de luz y 900 € de amortización deja un rendimiento neto de 800 €, que se suma a tu salario en la base general. Si tu tipo marginal es del 37 %, son unos 296 € de IRPF. Y si después vendes ese bitcoin más caro, la subida tributa otra vez, en el ahorro.
Minar en un pool y el Modelo 721
Si el pool te mantiene un saldo hasta que llegas al mínimo de retirada, ese saldo está custodiado por un tercero. Si el pool está fuera de España y el saldo supera, junto con el resto de tus criptomonedas en custodios extranjeros, los 50.000 € a 31 de diciembre, cuenta para el Modelo 721. La máquina, en cambio, no es una criptomoneda y no va al 721 aunque esté en una granja de otro país.
Si en vez de máquina propia contratas capacidad en la nube, el análisis cambia: lo explicamos en cloud mining y hosting. Y si lo que haces es validar con proof of stake delegado, no es minería: es staking, con su propio tratamiento.
Lo que tienes que hacer
- Date de alta en Hacienda antes de empezar, o regulariza si ya llevas tiempo minando sin hacerlo.
- Registra cada recompensa con fecha, cantidad y valor en euros de ese día.
- Guarda las facturas del equipo, la luz y el hosting.
- Declara el rendimiento neto de la actividad cada año, y las ventas de lo minado como ganancias patrimoniales.
CriptoHacienda registra las recompensas de minería que importas, las valora al precio de cierre del día en que llegaron y usa ese valor como coste de cada lote cuando vendes. Así no pagas dos veces por lo mismo.
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