Ganaste un sorteo o una competición de trading en cripto: así se declara
Especialistas en fiscalidad de criptoactivos en España
Los exchanges regalan criptomonedas continuamente: sorteos en redes sociales, «ruedas de la suerte», competiciones de trading con premios de miles de dólares para los que más operan o más ganan, bonos de bienvenida, cajas misteriosas por completar tareas. Para el usuario parece dinero caído del cielo. Para el IRPF es renta, y no de la que tributa al tipo más bajo.
Qué es un premio para Hacienda
Si recibes un premio sin haber entregado nada a cambio, no hay venta ni permuta. Tampoco has cedido un capital, así que no son intereses. Lo que tienes es una ganancia patrimonial no derivada de transmisión.
Esas ganancias se integran en la base imponible general, la de los salarios, con la escala progresiva completa. No van a la base del ahorro, que tributa entre el 19 % y el 30 %. Es el mismo trato que reciben los airdrops, las promociones tipo Coinbase Earn o el cashback en cripto.
Que el premio llegue en bitcoin, en USDT o en el token de la plataforma no cambia nada: se valora en euros al precio de mercado del día en que se acredita en tu cuenta.
Competiciones de trading: el premio no es tu beneficio
Las competiciones de trading de plataformas como Bybit o Binance reparten premios según el volumen o la rentabilidad de los participantes. Aquí hay dos rentas distintas que no se deben mezclar:
- Las operaciones que haces para competir. Tributan como siempre: ventas y permutas en la base del ahorro, derivados según su propio régimen, que explicamos en futuros y derivados.
- El premio por quedar entre los primeros. Es una ganancia aparte, en la base general, al valor del día en que te lo abonan.
Una competición en la que pierdes 800 € operando y ganas un premio de 1.000 € no te deja 200 € de renta neta: te deja 800 € de pérdida en el ahorro y 1.000 € de ganancia en la general, que no se compensan entre sí. Por qué no se pueden mezclar está explicado en compensar pérdidas.
Bonos que no puedes retirar
Muchas plataformas dan «bonos» que no son criptomonedas de verdad: saldo que solo sirve como margen para operar con futuros y que no se puede retirar. Lo único retirable son los beneficios que generes con él.
Ese bono no es renta cuando lo recibes, porque no se ha incorporado a tu patrimonio: no puedes disponer de él. Lo que tributa son las ganancias que consigas y retires, dentro del régimen de las operaciones que las generan.
Los bonos que se liberan tras cumplir condiciones, por ejemplo un volumen mínimo en 30 días, se imputan cuando se liberan y puedes disponer de ellos. Es el criterio que explicamos en recompensas bloqueadas y vesting.
¿Me han retenido algo?
Casi nunca. Los premios en especie superiores a 300 € están sometidos a ingreso a cuenta del 19 %, pero la obligación la tiene el pagador residente en España o con establecimiento permanente aquí. Un exchange de Malta, Chipre o Dubái no va a practicar ningún ingreso a cuenta, así que declarar el premio es cosa tuya.
Si el premio lo paga una empresa española, como Bit2Me, y hace ese ingreso a cuenta sin cobrártelo a ti, lo declaras sumando el ingreso a cuenta al valor del premio y te lo restas después como pago a cuenta del impuesto. La empresa te dará un certificado.
Sorteos en redes sociales
Un sorteo de un influencer o de un proyecto pequeño en X o Telegram es igual de premio que el de un exchange. La diferencia es práctica: nadie te va a dar un certificado. Guarda la publicación del sorteo, el mensaje que confirma que has ganado y la transacción de entrada en tu monedero. Sin eso, un ingreso de tokens sin explicación puede acabar pareciendo una ganancia no justificada, que es bastante peor.
Si el premio era un token que todavía no cotizaba, lo explicamos en memecoins y preventas: el valor del día puede ser cero o casi cero, y entonces lo que tributa es la venta.
Referidos: casi siempre lo mismo
Las comisiones por traer a otros usuarios siguen la misma lógica que los premios: ganancia patrimonial en la base general. Solo cambian de naturaleza si se convierten en un negocio organizado, con una web o un canal que vive de los enlaces de afiliado. En ese caso son una actividad económica, con alta en Hacienda y probablemente en la Seguridad Social.
Resumen
| Lo que recibes | Tipo de renta | Base | Cuándo |
|---|---|---|---|
| Premio de un sorteo | Ganancia sin transmisión | General | Al acreditarse |
| Premio de una competición | Ganancia sin transmisión | General | Al acreditarse |
| Bono no retirable | No es renta | — | Solo tributan los beneficios que retires |
| Bono con condiciones | Ganancia sin transmisión | General | Al liberarse |
| Comisiones por referidos | Ganancia sin transmisión (o actividad) | General | Al acreditarse |
Y todo lo que recibas como premio arranca con un coste de adquisición igual al valor declarado. Si después lo vendes más caro o más barato, esa diferencia va a la base del ahorro.
CriptoHacienda identifica los premios, bonos y comisiones en los extractos de tus exchanges, los separa de tus operaciones y los lleva a la base que les corresponde.
¿Listo para calcular tus impuestos crypto?
CriptoHacienda calcula tu IRPF y Modelo 721 automáticamente. Gratis.
Empezar gratis →