Comprar bitcoin en un cajero con efectivo: qué ve Hacienda y qué debes guardar
Especialistas en fiscalidad de criptoactivos en España
El 1 de julio de 2026 terminó el periodo transitorio del reglamento europeo MiCA y cientos de cajeros de bitcoin se apagaron en España de un día para otro. Los operadores que no tenían la autorización europea como proveedor de servicios de criptoactivos tuvieron que desconectarlos. BitBase, la mayor red del país, anunció a finales de julio que había obtenido la licencia y que volvería a encenderlos en septiembre.
Con los cajeros de vuelta, vuelven las preguntas. La más repetida: si compro bitcoin con billetes, ¿se entera Hacienda? La respuesta corta es sí, y lo que conviene saber es qué papeles guardar.
Ya no son anónimos
Hace años se podía comprar una pequeña cantidad en un cajero sin identificarse. Eso se acabó. Todos los cajeros que operan legalmente en España piden identificación completa: documento de identidad, a veces un selfi y, por encima de ciertos importes, preguntas sobre el origen de los fondos.
Desde el 28 de octubre de 2026 además lo dice la norma con todas las letras. El Real Decreto 813/2026, publicado en el BOE el 8 de octubre, modifica el artículo 4 del reglamento de prevención del blanqueo (Real Decreto 304/2014). Hasta ahora, las operaciones ocasionales solo exigían identificar al cliente a partir de 1.000 €, salvo los envíos de dinero, las transferencias gestionadas y los actos ante notario, que se identificaban siempre. El decreto suma a esa lista las operaciones realizadas en cajeros de criptoactivos: identificación y comprobación de la identidad en todo caso, sea cual sea el importe. El real decreto entra en vigor a los veinte días de su publicación.
Para ti, el efecto práctico es que no existe ya ningún importe «pequeño» que quede fuera del registro del operador. Y eso, bien mirado, es una ventaja: cada compra deja un justificante con tu nombre, que es justo lo que necesitarás para acreditar el coste y el origen del dinero.
El operador es un proveedor de servicios de criptoactivos sujeto a la normativa de prevención del blanqueo y a las nuevas obligaciones de información a Hacienda. Con la DAC8 y los modelos 172 y 173, la Agencia Tributaria recibe las operaciones de los proveedores que están obligados a informar. Da por hecho que tu compra en un cajero queda registrada con tu nombre.
El límite de 1.000 € en efectivo
La Ley 7/2012, reformada por la Ley 11/2021, prohíbe pagar en efectivo 1.000 € o más en operaciones en las que una de las partes actúe como empresario o profesional. El operador del cajero es una empresa, así que el límite se aplica. Para no residentes el límite es de 10.000 €.
- El límite es por operación, y fraccionarla para no llegar no sirve: la ley suma los pagos que forman parte de la misma operación.
- La sanción es del 25 % del importe pagado, y responden tanto quien paga como quien cobra.
En la práctica, los cajeros ya bloquean las operaciones que superan el límite para los residentes en España. Si necesitas comprar más, hazlo por transferencia desde tu banco a un exchange.
Comprar no tributa, pero fija tu coste
Comprar bitcoin con euros, sea en efectivo o por transferencia, no genera ningún impuesto. Lo que hace es fijar el coste de adquisición que usarás cuando vendas.
Los cajeros cobran bastante más que un exchange: entre la comisión y el diferencial sobre el precio de mercado, es habitual perder varios puntos porcentuales. Esa diferencia forma parte del coste. Si metiste 500 € y recibiste bitcoin por valor de 460 € a precio de mercado, tu coste es 500 €, no 460 €. Lo mismo explicamos para el diferencial de los brókers.
Para poder demostrarlo, guarda el recibo del cajero, en papel o por correo. Es la única prueba de lo que pagaste y del bitcoin que recibiste.
Vender en un cajero: es una transmisión
Algunos cajeros permiten la operación inversa: envías bitcoin a una dirección y retiras billetes. Eso es una venta con todas las consecuencias:
- La ganancia o pérdida es la diferencia entre los euros que recibes (después de la comisión) y el coste de los bitcoins vendidos, aplicando FIFO.
- Tributa en la base del ahorro, del 19 % al 30 %.
- El efectivo que sacas no desaparece del mapa: la operación consta en el registro del operador con tu identidad.
Vender en efectivo para no dejar rastro no funciona, y además te deja sin un justificante bancario del origen del dinero para cuando lo necesites.
El problema del origen de fondos
Aquí está el riesgo real de los cajeros, y no tiene que ver con el impuesto de la compra.
Imagina que compras bitcoin con 900 € en billetes varias veces a lo largo de un año y, dos años después, vendes por 20.000 € y los pasas a tu banco. El banco te preguntará de dónde salió ese dinero, y la respuesta es una cadena: del bitcoin, que compré en un cajero, con efectivo que venía de…
Si no puedes justificar el primer eslabón, el efectivo, Hacienda puede tratar el importe como una ganancia patrimonial no justificada (artículo 39 de la Ley del IRPF), que va a la base general y sin coste que restar. Lo explicamos en origen de fondos de las criptomonedas.
Por eso, si compras en cajeros:
- Guarda cada recibo, con fecha, importe y dirección de destino.
- Deja rastro del efectivo: una retirada de tu cuenta los días anteriores, una nómina cobrada en metálico con su justificante, la venta de un bien con su contrato.
- Envía el bitcoin a tu propio monedero y guarda la dirección. Esa dirección enlaza el recibo del cajero con la venta que harás años después.
Cuando llegue el momento de vender, sigue los pasos de pasar criptomonedas a euros sin problemas con el banco.
¿Y el Modelo 721?
El cajero no custodia nada: el bitcoin va directamente a tu monedero. Por tanto, ese saldo no entra en el Modelo 721, que solo recoge lo custodiado por un tercero en el extranjero. Si después lo mueves a un exchange extranjero, sí cuenta. Mover tus bitcoins entre tus monederos, en cualquier caso, no tributa.
Resumen
| Operación en el cajero | ¿Tributa? | Qué guardar |
|---|---|---|
| Comprar bitcoin con efectivo | No, fija el coste (comisión incluida) | Recibo y justificante del origen del efectivo |
| Comprar 1.000 € o más en efectivo | Infracción: multa del 25 % | Mejor por transferencia a un exchange |
| Vender bitcoin por efectivo | Sí, base del ahorro | Recibo con importe y comisión |
| Enviar a tu monedero | No | Dirección de destino |
CriptoHacienda te deja registrar las compras hechas en cajeros con su recibo y su comisión, y las encadena con tus monederos para que el día que vendas el coste y el origen estén documentados.
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