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Hacienda y sanciones

DAC8: qué es, qué comunica tu exchange y desde cuándo

Por Equipo editorial de CriptoHacienda·Publicado el 10 de octubre de 2026··8 min de lectura

Especialistas en fiscalidad de criptoactivos en España

La DAC8 es el motivo por el que tu exchange te ha pedido el NIF este año. Y es el cambio que convierte la fiscalidad de las criptomonedas en España en algo parecido a lo que ya pasaba con las cuentas bancarias en el extranjero: Hacienda deja de depender de que tú se lo cuentes.

Esta guía explica qué es exactamente, qué datos salen de tu cuenta, cuáles no, a quién no alcanza y qué deberías hacer con los años anteriores.

Qué es la DAC8

Es la Directiva (UE) 2023/2226, la octava modificación de la directiva de cooperación administrativa en materia fiscal. De ahí el nombre: Directive on Administrative Cooperation, número 8. Verás escrito indistintamente DAC8 y DAC 8; son lo mismo.

Las anteriores fueron ampliando qué se intercambian entre sí las administraciones tributarias europeas: cuentas financieras, rulings, precios de transferencia, plataformas digitales. La octava añade los criptoactivos.

El mecanismo es sencillo de resumir: cada proveedor de servicios de criptoactivos que opera en la Unión identifica la residencia fiscal de sus clientes, recopila sus operaciones del año y las comunica a la administración del país donde está establecido. Esa administración reparte a cada Estado miembro los datos de sus residentes. Si eres residente fiscal en España, tus datos acaban en la Agencia Tributaria aunque tu exchange esté en Luxemburgo, Malta o Irlanda.

Fuera de la Unión existe un marco equivalente de la OCDE, el CARF (Crypto-Asset Reporting Framework). La DAC8 lo incorpora al derecho europeo, y por eso ambos acrónimos aparecen juntos a menudo.

El calendario

Cuándo Qué pasa
Hasta 2025 No hay comunicación automática. Hacienda llega por tu banco, por el Modelo 721 o pidiendo datos caso por caso
1 de enero de 2026 Los proveedores empiezan a recopilar datos de las operaciones
Durante 2026 Te piden el NIF y la autocertificación de residencia fiscal
Enero de 2027 Primer envío de los datos de 2026 a las administraciones
Primavera de 2027 Hacienda ya tiene esos datos cuando revisa tu Renta de 2026

La consecuencia práctica: el primer ejercicio con los datos encima de la mesa es 2026, el que declaras en 2027. No es una amenaza futura, es la declaración que viene.

Qué datos comunica tu exchange

Por cada cliente y cada criptoactivo, a lo largo del año:

Bloque Contenido
Identificación Nombre, dirección, NIF y país de residencia fiscal
Compras y ventas contra dinero fiduciario Importe total, unidades y número de operaciones
Cambios entre criptoactivos Valor de mercado de lo entregado y de lo recibido
Transferencias a direcciones externas Valor y unidades enviadas a wallets que no son de otro proveedor
Pagos con criptoactivos Las operaciones de pago que superan el umbral de la directiva

Y ahora la parte que casi nadie cuenta: no comunica tu ganancia.

Hacienda va a recibir que vendiste 40.000 € en criptomonedas. No va a recibir cuánto te costó lo que vendiste, porque tu exchange no lo sabe: no conoce las monedas que compraste en otra plataforma, ni las que te llegaron de una wallet, ni el precio al que las adquiriste en 2019. Ese cálculo, con el método FIFO sobre tu cartera completa, sigue siendo tuyo.

De esa asimetría nacen casi todas las comprobaciones: el dato que llega es el volumen, y lo que tú declaras es el resultado. Si has movido 300.000 € rotando 20.000 € muchas veces, el volumen no se parece a tu ganancia, y conviene que tu histórico lo explique antes de que te lo pregunten. Es exactamente el patrón que hay detrás de muchas cartas de Hacienda.

La fila que más sorprende: las transferencias a tu wallet

Entre los datos comunicados están las salidas hacia direcciones que no pertenecen a otro proveedor registrado. Es decir: si sacas tus monedas de un exchange a tu Ledger, Hacienda ve que salieron y cuánto valían.

Eso no es un hecho imponible. Mover criptomonedas entre wallets propias no tributa. Pero sí es un movimiento que tendrás que poder explicar, y la carga de la prueba de que el destino es tuyo es tuya. Guarda la dirección de destino y la fecha junto al resto de tu documentación.

A quién no alcanza

  • La autocustodia. La directiva obliga a quien presta servicios por cuenta de clientes. Un monedero en el que tú tienes las claves —MetaMask, Phantom, una Ledger o una Trezor— no tiene proveedor que informe. Lo que no cambia es que sigues teniendo que declarar cuando vendes o permutas, y que esos saldos computan en el Impuesto sobre el Patrimonio.
  • Los protocolos descentralizados sin un operador identificable detrás. La frontera es difusa y está moviéndose: un front-end con sociedad y KYC se parece mucho más a un proveedor que un contrato autónomo.
  • Los exchanges fuera del espacio CARF. Si tu plataforma está en una jurisdicción que no ha adoptado el marco, no hay envío automático. Tu exchange está en Suiza desarrolla ese caso, con un matiz importante: que no informe no significa que seas invisible, porque el dinero que entra y sale sigue pasando por tu banco.

Cómo te llega según dónde esté tu exchange

Si es español —Bit2Me, Criptan, o la filial española de Binance, Moon Tech Spain— ya informaba antes de la DAC8, con los modelos 172 y 173 de saldos y operaciones. La reforma que reordenaba esas informativas y creaba el modelo 175 dependía de una ley que caducó sin aprobarse el 6 de octubre de 2026, con la disolución de las Cortes: mientras no se vuelva a tramitar, siguen el 172 y el 173 de siempre. Lo contamos en la ley DAC8 decae con el adelanto electoral.

Si es europeo pero no español —Coinbase desde Luxemburgo, Bitvavo desde Países Bajos, Bybit o Crypto.com desde Malta y Austria— informa a su administración, que reenvía a España. Es el caso explicado en qué datos de Coinbase llegan a la AEAT.

Si está fuera de la Unión, depende de si su jurisdicción aplica el CARF y de cuándo empiecen los intercambios efectivos.

Fíjate en que la vía cambia, pero el resultado converge. La distinción entre «exchange español» y «exchange extranjero» sigue siendo decisiva para el Modelo 721, y cada vez menos relevante para lo que Hacienda acaba sabiendo.

La DAC8 no sustituye al Modelo 721

Es la confusión más repetida desde que se anunció la directiva. Son cosas distintas:

  • El Modelo 721 lo presentas tú, es una declaración informativa, y solo si superas 50.000 € a 31 de diciembre en plataformas que no estén obligadas al modelo 172 en España.
  • La DAC8 obliga a tu proveedor, sin umbral por cliente y sin que tengas que hacer nada.

Que Hacienda reciba tus datos por DAC8 no te exime de presentar el 721, igual que recibir la información de tu banco no eximió nunca de presentar el Modelo 720.

Qué hacer ahora

  1. Completa la autocertificación que te pida tu exchange. No es marketing: si no la completas, la plataforma puede limitar tu cuenta. Está explicado en qué pasa si no respondes.
  2. Descarga tu histórico completo de cada plataforma, de todos los años. Lo necesitas para acreditar el coste de adquisición, que es justo lo que la DAC8 no comunica.
  3. Revisa los ejercicios no prescritos. La directiva no es retroactiva, pero el saldo que se informe a final de 2026 procede de compras anteriores. Si hay años sin declarar, regularizar voluntariamente cuesta un recargo; que te lo descubran, una sanción.
  4. Cuadra lo que vas a declarar con lo que van a informar. No tienen por qué coincidir —uno es volumen y otro es resultado—, pero la diferencia debe poder explicarse con tu histórico en la mano.

Preguntas frecuentes

¿La DAC8 me obliga a hacer algo nuevo en la Renta? No. Si ya declaras correctamente tus ventas, permutas y rendimientos, no cambia nada para ti. Lo que cambia es la probabilidad de que una omisión pase desapercibida.

¿Afecta a los años anteriores a 2026? Los envíos automáticos empiezan con los datos de 2026. Para ejercicios previos siguen existiendo las vías de siempre, incluida la petición de información entre administraciones, y el plazo de comprobación de cuatro años.

¿Y si mi exchange cierra o se va de Europa antes de informar? La obligación es del proveedor mientras opera. Lo relevante para ti es otra cosa: si la plataforma cierra, tu histórico se va con ella. Descárgalo ahora, no cuando lo necesites.


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