Tus cuentas de cripto entran en el registro que ya consulta Hacienda
Especialistas en fiscalidad de criptoactivos en España
Hay un registro que la mayoría de los contribuyentes no sabe que existe y que Hacienda consulta a diario. Se llama Fichero de Titularidades Financieras, funciona desde 2016 y recoge quién es titular, autorizado o beneficiario de cada cuenta bancaria y de cada cuenta de valores abierta en España. No guarda saldos: guarda nombres, números de cuenta y fechas.
Ese fichero se va a ampliar a las criptomonedas. El anteproyecto de ley antiblanqueo que el Gobierno sacó a audiencia pública hasta el 30 de septiembre de 2026 obliga a los proveedores que custodian criptoactivos a comunicar la apertura y el cierre de las cuentas de sus clientes, igual que ya hacen los bancos.
Todavía es un texto en tramitación. Tiene que pasar por los informes preceptivos, por el Consejo de Ministros y por las Cortes, y puede cambiar por el camino. Y el calendario se ha alargado: las Cortes se disolvieron el 6 de octubre de 2026 con elecciones convocadas para el 29 de noviembre, así que el proyecto no podrá debatirse hasta que se constituyan las nuevas cámaras y haya un Gobierno que lo remita. Pero la dirección es clara, porque responde a la normativa europea antiblanqueo, y conviene entender qué supone.
Qué se comunicará
Según el texto sometido a audiencia, cada custodio tendrá que informar de:
- La identidad del titular de la cuenta y de los cotitulares o autorizados.
- La entidad que presta la custodia.
- La categoría de activo.
- Las fechas de apertura y de cierre.
Y, tan importante como lo anterior, lo que no se comunicará: ni los saldos disponibles ni los movimientos de la cuenta. El fichero dice que tienes una cuenta en tal plataforma desde tal fecha. No dice cuánto hay dentro ni qué has hecho con ella.
Quién podrá consultarlo
Aquí está el cambio real. Hoy, si un juez, la Policía o la Agencia Tributaria quieren saber si alguien tiene criptomonedas custodiadas en una plataforma, tienen que preguntar a cada plataforma una por una. Con la reforma, tendrán un único punto de consulta con acceso directo: Agencia Tributaria, Policía Nacional, Guardia Civil, jueces, fiscales y el CNI, con registro de cada consulta durante cinco años.
La gestión del fichero pasará a la futura Autoridad Nacional de Integridad Financiera (Anifi), que el mismo anteproyecto crea.
Lo que Hacienda ya sabía antes de esto
Conviene poner la reforma en su sitio, porque se está contando como si Hacienda fuera a descubrir ahora a los inversores en cripto. No es así. A 2026 la Agencia Tributaria ya recibe:
- Los modelos 172 y 173, con saldos y operaciones de los clientes de los proveedores con presencia en España.
- El Modelo 721, que presentas tú si tu saldo en el extranjero supera los 50.000 €.
- La información de DAC8, que desde el ejercicio 2026 remiten las plataformas autorizadas en cualquier país de la UE a través de su administración, con saldos, operaciones y datos de identificación.
Todo eso ya dice más que el Fichero de Titularidades, porque incluye importes. Lo repasamos entero en cómo sabe Hacienda que tienes criptomonedas.
Entonces, ¿qué aporta?
Tres cosas, y ninguna es menor.
Inmediatez. DAC8 llega una vez al año, meses después del cierre del ejercicio. El fichero se actualiza con cada apertura y cada cierre. Un embargo, una investigación por blanqueo o una comprobación tributaria no tendrán que esperar al intercambio anual.
Embargos más rápidos. Si tienes una deuda con Hacienda, localizar tus cuentas en plataformas cripto pasa a ser tan sencillo como localizar tus cuentas bancarias. Lo contamos en si Hacienda puede embargar tus criptomonedas: el obstáculo práctico nunca fue legal, sino saber dónde buscar.
Cruce con el patrimonio. Cerrar una cuenta días antes del 31 de diciembre deja rastro con fecha. Si alguien pensaba vaciar una plataforma al final del año para no aparecer en el Modelo 721 o en el Impuesto sobre el Patrimonio y volver a abrir en enero, las dos fechas quedarán registradas.
Lo que no cambia
- Tu autocustodia no entra. El fichero recoge cuentas en proveedores de servicios. Un monedero propio no tiene custodio que informe. Eso no lo hace invisible, como explicamos en la guía de autocustodia: cada envío desde o hacia una plataforma deja un rastro en esa plataforma.
- No crea ninguna obligación nueva para ti. Quien informa es el custodio. Tú sigues con las mismas obligaciones de siempre: declarar las ganancias en el IRPF y, si toca, presentar el 721.
- No cambia cómo tributas. Una cuenta en el fichero no es una renta. Lo que tributa sigue siendo lo que vendes, permutas o cobras.
Qué hacer con esta información
Si tus declaraciones de los últimos años están bien, nada. Si no lo están, la reforma es un argumento más para regularizar con una complementaria antes de que llegue un requerimiento: los recargos de una regularización voluntaria son mucho más bajos que una sanción, y el margen para hacerla voluntariamente se estrecha con cada fuente de información nueva que recibe la Agencia Tributaria.
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