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Modelo 721 y patrimonio

Ledger Live y Trezor Suite: sigues en autocustodia, pero operas con terceros

Por Equipo editorial de CriptoHacienda·Publicado el 19 de septiembre de 2026··5 min de lectura

Especialistas en fiscalidad de criptoactivos en España

La pregunta llega casi siempre con las mismas palabras: «tengo una Ledger, ¿la declaro en el 721?».

La respuesta corta es no, y el motivo no tiene nada que ver con el país donde se fabrica el dispositivo.

El criterio no es el hardware, es quién tiene las claves

El Modelo 721 es una declaración informativa sobre monedas virtuales situadas en el extranjero custodiadas por terceros. La pieza que activa la obligación es ese tercero: una persona o entidad que guarda las claves criptográficas por cuenta de otros y está situada fuera de España.

En una cartera de autocustodia no hay tal tercero. Las claves las generó tu dispositivo, viven en tu dispositivo y la frase de recuperación la tienes tú. Ledger SAS no puede mover tus monedas, Trezor tampoco. Sin custodio, no hay 721, aunque el saldo sean 500.000 €.

Lo que no desaparece es el resto:

  • IRPF. Cada venta, cada permuta y cada pago con esas monedas genera ganancia o pérdida patrimonial exactamente igual.
  • Impuesto sobre el Patrimonio. Tus criptomonedas forman parte de tu patrimonio neto a 31 de diciembre, estén donde estén. Si superas el mínimo exento de tu comunidad autónoma, entran en el Modelo 714.
  • Trazabilidad. La blockchain es pública. Una dirección no lleva tu nombre, pero el día que esas monedas entren o salgan de un exchange con tu KYC, el puente queda hecho.

Hasta aquí, lo que ya contamos en la guía general de wallets frías y autocustodia. Lo que sigue es lo que casi nadie mira.

El punto ciego: la app no es solo un visor

Ledger Live y Trezor Suite dejaron de ser hace tiempo una simple ventana para consultar el saldo. Hoy son un escaparate de servicios de terceros integrados dentro de tu cartera de autocustodia:

  • Comprar criptomonedas con tarjeta o transferencia, a través de un proveedor externo.
  • Vender y recibir euros en tu cuenta, por la misma vía.
  • Intercambiar una moneda por otra con un agregador de swaps.
  • Delegar o hacer staking en las redes que lo permiten.
  • Conectarse a protocolos DeFi desde el propio dispositivo.

Ninguna de estas cosas te saca de la autocustodia: las claves siguen siendo tuyas y el 721 sigue sin aplicar. Pero todas generan hechos imponibles, y ninguna te deja un extracto consolidado como el de un exchange.

Compras y ventas con proveedor integrado

Cuando compras desde la app, la operación la ejecuta un proveedor externo que te cobra su margen. El justificante te llega por correo o queda en el panel de ese proveedor, no en tu cartera. Tu monedero solo registra que entraron unas monedas: no sabe cuánto pagaste por ellas.

Si no guardas esos justificantes, te quedas sin valor de adquisición, y reconstruirlo después es el trabajo más caro de toda la declaración.

Los swaps dentro de la app

Un intercambio desde la cartera es una permuta con todas las letras: se valora en euros en sus dos patas y genera ganancia o pérdida patrimonial en la moneda que entregas. Que no haya pasado por ningún exchange no cambia nada.

Además, estos servicios suelen mover la moneda de origen a una dirección del agregador y devolverte la de destino a otra dirección tuya. En la blockchain ves una salida y una entrada; la relación entre ambas la tienes que documentar tú.

El staking delegado desde la app

Aquí conviven dos figuras distintas que conviene no mezclar:

  • Delegar sin mover los fondos (el caso de Cardano, por ejemplo): las monedas nunca salen de tu dirección, no hay transmisión y la única consecuencia fiscal son las recompensas.
  • Depositar en un contrato o en un proveedor (el caso de buena parte del staking de Ethereum vía terceros): ahí sí hay que mirar con lupa si se transmite el control y si recibes un token distinto a cambio, porque entonces puede haber permuta.

En ambos casos, las recompensas se imputan por su valor en euros el día en que están a tu disposición y crean un lote nuevo con ese mismo coste. La app te enseña un total acumulado bonito; Hacienda quiere el detalle fecha a fecha.

La lista de lo que tienes que guardar tú

Con una cuenta en un exchange, el histórico lo genera la plataforma. En autocustodia, el archivo eres tú:

  1. Los justificantes de compra de los proveedores integrados, con importe en euros y fecha.
  2. Las direcciones que usas, para poder demostrar que un envío entre dos de ellas es un traslado y no una venta.
  3. Los hashes de las transacciones relevantes: son la prueba pública e inalterable de que algo ocurrió cuando dices que ocurrió.
  4. El detalle de las recompensas, no solo el acumulado.
  5. El valor a 31 de diciembre de cada activo, por si te toca Patrimonio.

Y una advertencia que no es fiscal

Nadie de Ledger, de Trezor ni de Hacienda te va a pedir nunca tu frase de recuperación. Ninguna obligación tributaria en España exige entregar claves privadas ni semillas. Si alguien te la pide por correo, por teléfono o por una web que imita a la de tu fabricante, es un robo, no una inspección.


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