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Exchanges

Zondacrypto en quiebra: reclama antes del 27 de octubre y no declares todavía la pérdida

Por Equipo editorial de CriptoHacienda·Publicado el 19 de octubre de 2026··7 min de lectura

Especialistas en fiscalidad de criptoactivos en España

Si tenías criptomonedas en Zondacrypto, la fecha que importa este mes no es fiscal: es el 27 de octubre de 2026, último día para presentar tu crédito ante el síndico de la quiebra en Estonia. Quien no lo presente se queda prácticamente fuera del reparto.

La parte fiscal llega después y tiene menos prisa, pero tiene una trampa: la tentación de restarse la pérdida en la Renta de 2026 «porque el dinero no va a volver». La ley no lo permite todavía, y hacerlo puede salir caro.

Qué ha pasado con Zondacrypto

Zondacrypto es el antiguo BitBay, el exchange fundado en Katowice en 2014 y el mayor de Polonia durante años. Operaba en la Unión Europea a través de una sociedad estonia, BB Trade Estonia OÜ, y según publicó la prensa avisó a sus clientes de varios países, España incluida, de que dejaba de prestar servicios el 1 de julio de 2026, con el fin del periodo transitorio de MiCA.

La cronología, con las fechas que recogen la prensa polaca y la española:

  • Abril de 2026: las retiradas se congelan o se pagan a cuentagotas. El consejero delegado reconoce que la empresa no puede acceder a una cartera fría con unos 4.500 BTC y poco después deja de aparecer en público. Esa cifra nunca se ha verificado: Zondacrypto no publicó pruebas de reservas auditadas.
  • Mayo de 2026: la unidad de inteligencia financiera de Estonia suspende parcialmente la licencia: nada de depósitos ni clientes nuevos.
  • 29 de junio de 2026: la licencia queda revocada.
  • 27 de agosto de 2026: el tribunal del condado de Harju declara la quiebra de BB Trade Estonia OÜ y nombra síndico al abogado Margus Lentsius.
  • 27 de octubre de 2026: termina el plazo para comunicar créditos.

Las estimaciones de lo que se debe van de los cien millones de dólares de las primeras informaciones a más de 700 millones de euros en las cifras que maneja la prensa polaca, frente a unos activos localizados mínimos. En Polonia hay además una causa penal por fraude y blanqueo, y las autoridades polacas y francesas han embargado bienes.

Zondacrypto nunca figuró en el registro de proveedores autorizados por MiCA de la ESMA. Es la comprobación que explicamos en cómo saber si un exchange está autorizado.

Lo primero: presentar el crédito

La quiebra se tramita en Estonia, pero un acreedor español puede comunicar su crédito directamente al síndico. Lo que conviene saber:

  1. Se envía al síndico, Margus Lentsius, por correo electrónico (haldur@lentsius.ee, según los despachos que asesoran a afectados), conservando el justificante de envío y una copia completa.
  2. Puede usarse el formulario europeo de comunicación de créditos, el anexo II del Reglamento de Ejecución (UE) 2017/1105, pensado precisamente para acreedores de otro Estado miembro.
  3. El crédito se expresa en euros, convertido al cambio del día en que se declaró la quiebra, el 27 de agosto de 2026. No reclamas «tus 0,4 BTC»: reclamas su valor en euros en esa fecha.
  4. Hay que probarlo: correo de la cuenta, histórico de operaciones, capturas del saldo, confirmaciones de las transferencias bancarias con las que ingresaste dinero.

Los créditos que lleguen tarde cobran los últimos, y reabrir el plazo exige demostrar una causa ajena a tu voluntad. Una denuncia penal en Polonia no sustituye a la comunicación del crédito.

Ese mismo expediente es el que te pedirá Hacienda el día que te dediques la pérdida, así que no lo prepares dos veces.

Para Hacienda tienes un crédito, no criptomonedas

El reflejo habitual es pensar que tienes bitcoins «bloqueados». Pero en cuanto el procedimiento fija los créditos en euros, tu posición es la que describimos en el caso de FTX: tienes un derecho de crédito contra la masa de la quiebra. Lo que perdiste o recuperes se mide contra lo que te costaron las criptomonedas que estaban en la plataforma.

De ahí sale el tratamiento, y está escrito en la ley.

Cuándo puedes declarar la pérdida

El artículo 14.2.k de la Ley del IRPF dice cuándo se imputa la pérdida por un crédito que no cobras. Con el deudor en concurso, o en un procedimiento de insolvencia equivalente como la quiebra estonia, son dos los momentos posibles:

  • Cuando adquiere eficacia un convenio con una quita: la pérdida es el importe de la quita.
  • Cuando el procedimiento concluye sin que se haya pagado tu crédito, o pagándolo solo en parte.

La regla del «año desde el inicio del procedimiento judicial», la que más se repite en foros, la ley la reserva para los procedimientos distintos del concurso. En una quiebra no sirve.

Traducido a fechas:

  • Renta de 2026 (se presenta en la primavera de 2027): la pérdida no se declara. El procedimiento acaba de empezar y nadie sabe aún cuánto se recuperará.
  • Ejercicios siguientes: se imputa en el año en que el procedimiento termine o se apruebe una quita. Con un agujero de ese tamaño y bienes repartidos por varios países, puede llevar años.

El marco completo, con las estafas sin concurso y los hackeos, está en pérdidas por hackeo, estafa o exchange quebrado.

Base general, no del ahorro

La pérdida de un crédito no deriva de una transmisión: nadie vendió nada. Por eso va a la base imponible general, no a la del ahorro donde están tus ventas de criptomonedas.

Eso significa que no se compensa con las ganancias de tus ventas del mismo año, pero sí con el saldo positivo de rendimientos, incluido el sueldo, con el límite del 25 % de ese saldo, y lo que sobre puede arrastrarse cuatro años. Los dos compartimentos se explican en cómo compensar pérdidas de criptomonedas.

Si después de imputar la pérdida el síndico reparte algo, lo cobrado es una ganancia patrimonial del año del cobro, también en la base general. No se rectifica la declaración anterior.

Lo que sí pudo tributar en 2026

Que la plataforma quebrara no borra lo que hiciste en ella antes:

  • Si vendiste en Zondacrypto durante la primavera, aunque fuera con prisas y a mal precio, son ventas normales de 2026: ganancia o pérdida en la base del ahorro, con FIFO sobre toda tu cartera.
  • Si conseguiste retirar criptomonedas a tu monedero, aunque fuera por tramos, eso no tributa: mover cripto entre wallets no es una transmisión.
  • Si vendes tu crédito a un fondo que compra reclamaciones, eso sí es una transmisión de un derecho, y su resultado va a la base del ahorro del año en que lo vendes.

El modelo 721

Zondacrypto era un custodio extranjero, así que su saldo contaba para el modelo 721 si, sumado al resto de plataformas de fuera de España, pasabas de 50.000 € a 31 de diciembre.

  • Si declaraste Zondacrypto en el 721 de 2025, el criterio prudente es presentar también el de 2026 informando de que dejaste de ser titular de esas criptomonedas, igual que con el cierre de Gemini. Un crédito en euros contra una quiebra no es una moneda virtual custodiada.
  • Si no llegaste a declararlo y debías, hazlo antes de que te lo requieran; el procedimiento está en qué hacer si te llega una carta de Hacienda.

Qué hacer esta semana

  1. Comunica el crédito antes del 27 de octubre.
  2. Descarga o reconstruye el histórico: sin él no hay coste de adquisición ni prueba del saldo. Si ya no puedes entrar, las vías están en cómo reconstruir un historial perdido.
  3. Guarda todo lo que te llegue del síndico: reconocimiento del crédito, repartos y la resolución que cierre el procedimiento. Es lo que justifica la pérdida el año que toque.
  4. No metas la pérdida en la Renta de 2026.

CriptoHacienda guarda el coste de adquisición de lo que tenías en la plataforma y lo separa de tus ventas, para que el día que se cierre la quiebra la pérdida vaya a la base que le corresponde.

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