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Declaración e IRPF

Me han liquidado en futuros: cómo se declara la pérdida en la Renta

Por Equipo editorial de CriptoHacienda·Publicado el 17 de octubre de 2026··7 min de lectura

Especialistas en fiscalidad de criptoactivos en España

El 15 de octubre de 2026, un dato de inflación de Estados Unidos peor de lo esperado tumbó el mercado cripto y se llevó por delante cerca de mil millones de dólares en posiciones apalancadas en un solo día, según los datos de CoinGlass que recogió la prensa. Si una de esas posiciones era tuya, ya sabes lo que duele. Lo que quizá no sabes es que esa pérdida vale dinero en tu declaración, y que mal declarada puede costarte todavía más.

Qué es una liquidación para Hacienda

Para el IRPF, una liquidación no tiene nada de especial: es el cierre de una posición en derivados, solo que lo ejecuta el exchange y no tú. Y el resultado de cerrar una posición en derivados, fuera de una actividad económica, es una ganancia o pérdida patrimonial que va a la base del ahorro. Es el mismo criterio que aplicamos a los futuros perpetuos y el funding rate.

La fecha que cuenta es la de la liquidación. Si te liquidaron el 15 de octubre de 2026, la pérdida es de 2026 y se declara en la Renta que presentarás entre abril y junio de 2027.

Cómo se calcula la pérdida

La pérdida no es «lo que había en la cuenta». Es el resultado del contrato:

  • El margen perdido, que es lo que la plataforma se queda al cerrar la posición.
  • Más la comisión de liquidación o la aportación al fondo de seguro, si te la cobran aparte. Forma parte de la pérdida.
  • Más las comisiones de apertura de esa posición, que son gasto inherente a la operación.
  • Más o menos el funding que pagaste o cobraste mientras la posición estuvo abierta, si lo imputas a la posición y lo haces igual todo el año.

Todo eso viene casi siempre en USDT o USDC, y hay que convertirlo a euros con el tipo del día de la liquidación. No con el del 31 de diciembre ni con el del día en que fondeaste la cuenta. Cómo elegir y documentar ese tipo está en el tipo de cambio para valorar operaciones.

Margen en USDT: una segunda capa pequeña

Si fondeaste la cuenta de futuros con USDT comprados meses antes, esos USDT tenían su propio valor de adquisición en euros. Al perderlos en la liquidación salen de tus lotes por FIFO, y la diferencia entre lo que te costaron y lo que valían ese día es una pequeña ganancia o pérdida por tipo de cambio. Con el dólar estable suele ser poco dinero, pero existe; lo explicamos en stablecoins y el tipo de cambio del dólar.

Margen en bitcoin: la liquidación que te puede hacer pagar

Aquí está la trampa. En los futuros Coin-M el margen no son dólares: es el propio bitcoin, o el ether. Cuando te liquidan, además de perder el contrato, entregas unidades de BTC, y esa entrega es una transmisión que sale de tus lotes por FIFO.

Un ejemplo:

  • Compraste 0,1 BTC en 2020 por 2.000 €.
  • Los usas como margen en un largo con apalancamiento. Te liquidan cuando 0,1 BTC vale 7.000 €.

En tu declaración hay dos cosas:

Concepto Importe
Pérdida del contrato (0,1 BTC a valor del día) −7.000 €
Ganancia por entregar 0,1 BTC (7.000 € − 2.000 €) +5.000 €
Resultado neto en la base del ahorro −2.000 €

El neto es tu pérdida real: los 2.000 € que te costó ese bitcoin. Pero si declaras solo la pérdida del contrato, estás deduciendo 7.000 € y olvidando una ganancia de 5.000 €. Y si declaras solo la entrega como si fuera una venta, te sale una ganancia que no existe. Hay que declarar las dos patas o, como mínimo, que el neto cuadre con este cálculo.

Si además tenías otras unidades de BTC compradas más caras, el FIFO decide cuáles entregaste. Cómo funciona con todas tus carteras juntas, en el método FIFO.

Margin trading al contado: es una venta forzosa

Si no operabas con futuros sino con margen al contado —pediste prestado para comprar más bitcoin y el exchange vendió tu colateral—, la liquidación es una venta de cripto como cualquier otra. Cada unidad vendida sale por FIFO y genera su ganancia o pérdida según lo que te costó.

Los intereses del préstamo son otra historia. La Dirección General de Tributos no admitió, en la consulta V0597-18 sobre CFD, que los intereses de financiación redujeran el resultado, porque no son un gasto de la compra ni de la venta. Con el margen cripto aplicamos el mismo criterio prudente: no los restes. Lo explicamos con detalle en los CFD sobre criptomonedas.

El autodesapalancamiento también cuenta

Algunas plataformas cierran posiciones ganadoras cuando el fondo de seguro no cubre las pérdidas de otros: es el autodesapalancamiento (ADL). Si te pasó, no es una liquidación tuya, pero sí un cierre: la ganancia se declara en la fecha en que el exchange cerró la posición.

Cómo aprovechar la pérdida

Una pérdida bien declarada es dinero que recuperas:

  1. Se compensa sin límite con tus ganancias de ese mismo año en la base del ahorro: ventas de cripto, de acciones, de fondos.
  2. Si sobra, se compensa hasta el 25 % de tus rendimientos del capital mobiliario del año (intereses, dividendos, staking).
  3. Lo que siga quedando se arrastra cuatro ejercicios.

El detalle, con ejemplos, está en cómo compensar pérdidas en el IRPF. Y si este año tienes ganancias que quieras neutralizar, lo que se puede hacer antes del 31 de diciembre está en pagar menos impuestos legalmente al cierre del ejercicio.

La regla de recompra no conecta el derivado con el contado. Que te liquiden un largo en el perpetuo de bitcoin y compres bitcoin al contado al día siguiente no bloquea la pérdida: no son bienes homogéneos. Es el criterio que seguimos en el corpus para CFD y opciones; la DGT no se ha pronunciado específicamente.

Y si no te liquidaron, pero tu cartera cayó

Si solo tenías cripto al contado y el precio cayó, no hay nada que declarar mientras no vendas o permutes. Una pérdida latente no existe para el IRPF. Sí cambia el valor que tendrás que poner a 31 de diciembre en el modelo 721 o en el Impuesto sobre el Patrimonio, si te tocan.

Qué guardar

  • El historial de PnL cerrado de la cuenta de futuros, donde la liquidación aparece como cierre con su fecha e importe.
  • El historial de transacciones de la cuenta de futuros: comisiones, funding y movimientos de margen.
  • La prueba de lo que te costaron los USDT o el BTC que usaste como margen.

Si la plataforma ha cerrado o ya no opera en España, descarga todo hoy. Rehacer el historial a posteriori es posible, pero mucho más caro; lo contamos en reconstruir el historial perdido.

Resumen

Situación Qué se declara
Liquidación en USDT-M Pérdida patrimonial por el margen perdido y las comisiones, en euros del día
Liquidación en Coin-M Pérdida del contrato y transmisión del BTC entregado por FIFO
Margen al contado liquidado Venta de cripto por FIFO; los intereses no restan
Autodesapalancamiento Ganancia en la fecha del cierre
Solo bajó el precio Nada en el IRPF; menor valor a 31 de diciembre

Tienes el panorama completo de los derivados en la guía de futuros y derivados cripto.


CriptoHacienda separa el resultado de cada posición cerrada del movimiento del colateral, convierte cada importe a euros con la cotización del momento y te dice cuánta pérdida puedes compensar este año y cuánta arrastras.

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