Tus pérdidas cripto de 2022 caducan este año: cómo aprovecharlas antes del 31 de diciembre
Especialistas en fiscalidad de criptoactivos en España
2022 fue el peor año que ha vivido el inversor cripto en España: el desplome de Terra y LUNA en mayo, la quiebra de Celsius en julio, la de FTX en noviembre y un bitcoin que cerró el año en torno a los 16.500 dólares. Mucha gente vendió con pérdidas y las declaró en la Renta de 2022.
Esas pérdidas tienen fecha de caducidad, y es la Renta de 2026, la que presentarás entre abril y junio de 2027. Lo que no hayas compensado al cerrar el ejercicio 2026 se pierde para siempre. Y como lo que decide si se compensa son las ganancias que tengas antes del 31 de diciembre de 2026, el plazo real es este año, no el de la campaña.
Qué dice la ley
El artículo 49 de la Ley del IRPF regula la base del ahorro, donde van las ventas y permutas de criptomonedas. Si un año el saldo de ganancias y pérdidas patrimoniales es negativo, ese saldo:
- Se compensa primero con el saldo positivo de rendimientos del capital mobiliario del mismo año (intereses, staking, Earn), hasta el 25 % de ese saldo.
- Lo que sobra se compensa en los cuatro años siguientes, en el mismo orden: primero contra ganancias patrimoniales del ahorro y después contra el 25 % de los rendimientos.
El apartado 2 añade la parte que casi nadie lee: la compensación debe hacerse en la cuantía máxima que permita cada uno de los ejercicios siguientes, y no se puede llevar fuera de esos cuatro años. Dos consecuencias:
- No puedes reservarte las pérdidas. Si en 2024 tuviste ganancias, las pérdidas de 2022 se tenían que aplicar ahí, quisieras o no.
- No hay prórroga. Las de 2022 se pueden usar en 2023, 2024, 2025 y 2026. En 2027 ya no existen. Las de 2021 caducaron con la Renta de 2025.
Las reglas generales están en compensar pérdidas de criptomonedas. Aquí nos quedamos con lo que cambia este año.
Un ejemplo con números
Laura vendió ETH y LUNA en 2022 y declaró un saldo negativo de 12.000 € en la base del ahorro. Así ha ido consumiéndolo:
| Ejercicio | Qué tuvo | Pérdida de 2022 aplicada | Pendiente |
|---|---|---|---|
| 2022 | Saldo negativo de 12.000 € | — | 12.000 € |
| 2023 | 400 € de staking, sin ventas | 100 € (25 % de 400) | 11.900 € |
| 2024 | 4.000 € de ganancia vendiendo BTC | 4.000 € | 7.900 € |
| 2025 | 800 € de staking, sin ventas | 200 € | 7.700 € |
| 2026 | 600 € de staking | 150 € | 7.550 € que se pierden |
Si Laura no hace nada, en la Renta de 2026 aplicará 150 € y los otros 7.550 € desaparecen.
Pero Laura tiene bitcoin comprado en 2023 por debajo de 30.000 € la unidad, que hoy vale bastante más. Si antes del 31 de diciembre vende la cantidad justa para realizar 7.550 € de ganancia y la recompra a continuación:
- La ganancia de 7.550 € queda compensada entera con la pérdida de 2022. Cuota: cero.
- Su bitcoin pasa a tener un coste de adquisición más alto: el precio de la recompra.
- Cuando venda de verdad, dentro de unos años, tributará por 7.550 € menos de ganancia. Con la escala del ahorro (19 % hasta 6.000 € y 21 % hasta 50.000 €), eso son unos 1.465 € de impuestos que no pagará.
No es diferir: es usar un derecho que caduca. Si Laura no lo hace, esos 7.550 € de pérdida se pierden y la ganancia latente de su bitcoin sigue entera.
Por qué la recompra no es un problema aquí
La regla de recompra de doce meses que aplica Hacienda a las criptomonedas, el artículo 33.5.f), solo afecta a las pérdidas. Impide computar una pérdida si vuelves a comprar el mismo activo dentro del plazo. Con una ganancia no hay ninguna restricción: puedes vender y recomprar el mismo día.
La operación es una transmisión real, a precio de mercado, con su comisión y su riesgo de precio entre la venta y la compra. Tres cosas que conviene cuidar:
- Ejecútala, no la dejes ordenada. El ejercicio se cierra con la operación ejecutada antes de las 23:59 del 31 de diciembre. No esperes a la última semana.
- Cuenta con FIFO. Al vender, salen primero tus unidades más antiguas, que son las de más plusvalía. Calcula cuánto vender con el método FIFO sobre tu histórico completo, no con el precio medio del exchange.
- También vale una permuta. Cambiar BTC por USDC tributa igual que vender, así que aflora la ganancia sin pasar por euros. La comisión de compra y venta suma al coste o resta del valor de transmisión, como explicamos en comisiones deducibles.
El error que se come el hueco: pérdidas nuevas de 2026
Este año mucha gente tiene también pérdidas nuevas, porque compró cerca de los máximos de 2025. Y el reflejo de diciembre es venderlas para compensar.
Cuidado, porque el orden importa. Dentro de 2026 primero se integran las ganancias y pérdidas del propio año, y solo sobre el saldo positivo que quede se aplican las pérdidas de años anteriores. Si materializas una pérdida de 2026 de 5.000 €, necesitarás 5.000 € más de ganancia para que quepan las de 2022.
Para quien tiene pérdidas de 2022 pendientes, la jugada razonable suele ser la contraria a la habitual: aflorar ganancias y no materializar pérdidas nuevas este año. Las pérdidas de 2026, si las realizas en 2027, tendrán cuatro años por delante. Las de 2022 no tienen ninguno.
¿Qué pérdidas de 2022 son tuyas de verdad?
No todo lo que perdiste en 2022 es una pérdida fiscal de 2022:
- LUNA o LUNC que sigues teniendo. Sin transmisión no hay pérdida. Si los vendiste por céntimos, la pérdida es del año en que vendiste. Lo explicamos en tokens que valen cero.
- Saldos atrapados en FTX o Celsius. En un concurso la pérdida no se imputa al año de la quiebra, sino cuando hay convenio con quita o el procedimiento concluye. Si declaraste la pérdida de FTX en 2022, revisa lo que contamos en el cobro del concurso de FTX y en pérdidas por hackeo o exchange quebrado.
- Ventas y permutas reales de 2022. Estas sí: son las que caducan este año.
Si no aplicaste las pérdidas cuando tocaba
Dos situaciones que vemos a menudo:
Tuviste ganancias en 2023, 2024 o 2025 y no aplicaste las pérdidas de 2022. Pagaste de más. Puedes corregirlo: la de 2024 y la de 2025 con una autoliquidación rectificativa, y la de 2023 con una solicitud de rectificación, tal como explicamos en rectificar la Renta. Ojo: al aplicarlas ahí, te queda menos pendiente para 2026, y Hacienda te devolverá la diferencia con intereses.
Nunca declaraste las ventas con pérdidas de 2022. Aplicar en 2026 una pérdida que no consta en ninguna declaración es invitar a que Hacienda la discuta. La vía prudente es pedir antes la rectificación de la Renta de 2022 para que conste el saldo negativo. El plazo de cuatro años de ese ejercicio vence a finales de junio de 2027, como recogemos en el calendario fiscal y en prescripción. Necesitarás el detalle de cada venta, con su coste FIFO.
Dónde se ve en la Renta
Renta Web suele cargar los saldos negativos pendientes a partir de tus declaraciones anteriores. Comprueba que el importe de 2022 coincide con lo que te queda de verdad después de 2023, 2024 y 2025, porque si alguno de esos años lo presentaste mal, el arrastre también lo estará. Con declaración conjunta hay matices sobre de quién es cada pérdida: están en declaración conjunta.
Si resides en el País Vasco o en Navarra, tu IRPF es foral y tiene sus propias reglas de compensación: revísalas antes de planificar, empezando por fiscalidad foral.
Qué hacer antes del 31 de diciembre
- Reconstruye el arrastre de 2022: lo declarado en 2022 menos lo aplicado en 2023, 2024 y 2025.
- Calcula tu resultado de 2026 hasta hoy, ganancias y pérdidas incluidas.
- Si te queda pérdida de 2022 sin cubrir, calcula cuánta ganancia tienes que aflorar y con qué lotes. Puedes probar la cuota con la calculadora.
- No realices pérdidas nuevas este año si se van a comer ese hueco.
- Ejecuta las ventas y recompras en la primera quincena de diciembre y guarda los justificantes.
Para el resto de decisiones de fin de año, el repaso completo está en pagar menos impuestos legalmente al cierre del ejercicio.
CriptoHacienda importa tu histórico desde 2022 o antes, aplica FIFO sobre la cartera consolidada y te muestra el resultado del ejercicio en curso y los saldos negativos pendientes de cada año, para que sepas en noviembre cuánta ganancia te cabe sin pagar nada.
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